El pasado 19 de septiembre de 2026 acudí al cine Cinesa Parquesur (Leganés, Madrid). En el control de acceso se me prohibió la entrada a la sala por llevar alimentos y/o bebidas del exterior, amparándose el establecimiento de forma sesgada en el derecho de admisión y la normativa autonómica.Considero que esta práctica es una cláusula abusiva contraria al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). Dado que la actividad principal del cine es la exhibición de películas y no la restauración, y puesto que el propio establecimiento comercializa estos mismos productos en su interior, prohibir el acceso con comida de fuera limita de manera desproporcionada mi libertad de elección como consumidor.Solicito que se traslade esta reclamación a la empresa para que cese en esta práctica ilegal y se dé constancia a las autoridades de Consumo de la Comunidad de Madrid.