El pasado 20 de julio de 2026 adquirí en El Corte Inglés un televisor de gama alta Philips 65OLED820/12 (con Número de Serie: FZ1A2614001388), bajo una oferta comercial de 1.499 €. Mi compra estuvo motivada principalmente por su tecnología Ambilight y la publicidad oficial de la marca sobre la sincronización con iluminación inteligente. En las especificaciones técnicas oficiales de este modelo se indica explícitamente que el aparato incluye la función "Suite Ambilight".Tras instalar el producto, comprobé que la marca ha eliminado por completo la sincronización nativa y gratuita en sus modelos con Google TV, dejando la citada "Suite Ambilight" totalmente inaccesible para la expansión de luces exteriores sin pasar por hardware adicional de pago. Esta restricción técnica tan crítica viene omitida de forma engañosa en toda la publicidad del producto, provocando una clara indefensión al consumidor por omisión de información relevante. Actualmente, el televisor cuenta con la versión de software de fábrica TPM231WW_201.100.228.212.Con fecha 27 de julio, abrí la reclamación oficial Nº 05389279 ante el soporte de Philips. El día 28 de julio se me notificó que el caso se escalaba a ingeniería. Tras semanas de espera, la marca me respondió por escrito el 13 de agosto admitiendo que sus desarrolladores no tienen plazos para solucionar esta carencia y me invitó a devolver el producto. Dado que el televisor cumple plenamente mis expectativas en cuanto a calidad de imagen (y perdería la oferta económica de compra si lo devuelvo), he decidido conservarlo de forma definitiva. Por ello, exijo que la marca asuma la falta de conformidad de su ficha técnica y me indemnice por las prestaciones omitidas. Con fecha 18 de agosto he enviado comunicación formal a la marca dándoles aviso del inicio de esta vía legal ante su falta de propuestas.Solicitud / Solución requerida:Exijo que TP Vision (Philips TV) responda formalmente ante la OCU y asuma la falta de conformidad de su producto respecto a lo anunciado en su ficha técnica ("Suite Ambilight"). Para subsanarlo, solicito de forma prioritaria:El abono de una compensación económica por valor de 410 € en concepto de daños y perjuicios por falta de conformidad. Dicha cantidad equivale al valor de mercado actual del kit de hardware oficial (Philips Hue Play HDMI Sync Box junto con su central Philips Hue Bridge) que la marca obliga a adquirir de forma externa para disfrutar de las funciones de expansión de iluminación publicitadas en su "Suite Ambilight".Subsidiariamente, y solo en caso de que la marca rechace la indemnización económica, solicitaría el cambio de mi televisor por un modelo equivalente que incorpore de fábrica la función Ambiscape o la Suite completa nativa por software, garantizando unas características técnicas y de calidad de imagen (panel OLED) iguales o superiores a las de mi modelo actual.