En septiembre de 2025, contratamos con EUROINSA, S.L. el suministro e instalación de un equipo de aire acondicionado Kosner en nuestro domicilio.
Al comenzar a utilizar el equipo en mayo de 2026, detectamos un funcionamiento claramente anómalo: la unidad exterior emitía un ruido muy intenso, los dos equipos interiores presentaban errores de funcionamiento, el sistema se sobrecalentaba y finalmente dejaba de funcionar.
Desde ese momento comunicamos la incidencia en numerosas ocasiones a EUROINSA, solicitando la reparación del equipo. Sin embargo, durante semanas no obtuvimos una solución efectiva. Incluso la empresa llegó a manifestar que un técnico había acudido al domicilio y que el problema no guardaba relación con la instalación, cuando en realidad ningún técnico de EUROINSA acudió a revisar el equipo.
Ante la falta de solución, el 6 de julio de 2026 acudió al domicilio el Servicio Técnico Oficial de Kosner, AGS Climatización y Calderas, cuyo parte de intervención n.º 28348 concluye expresamente:
"Se detecta una mala instalación eléctrica. Debido a la mala instalación eléctrica el equipo sufrió daños en el compresor y tarjetas electrónicas, dando error PC04 y 3L."
Asimismo, el informe indica expresamente:
"Se remite a instalador para solucionar a la mayor brevedad posible."
Pese a este diagnóstico, que atribuye la avería a una instalación defectuosa, EUROINSA no ha solucionado la incidencia y ha ido aplazando reiteradamente la reparación.
El 10 de julio se nos informó de que el instalador recogería la nueva unidad exterior y realizaría la instalación el 13 de julio. Sin embargo, ese día nos indicó que intentaría acudir el 13 o el 14 de julio, sin presentarse.
El 14 de julio volvió a indicar que intentaría acudir el 15 de julio, compromiso que tampoco cumplió.
El 15 de julio, tras no atender nuestras llamadas, tuvimos que contactar desde otro número de teléfono para conseguir hablar con el instalador. Nos indicó que era complicado acudir ese día y nos pidió unas horas para reorganizarse, pero finalmente tampoco acudió.
Antes de ausentarnos del domicilio durante dos semanas, le comunicamos expresamente que el 3 de agosto por la tarde estaríamos disponibles para realizar la instalación.
El 3 de agosto, el propio instalador volvió a llamarnos para preguntar qué día podía acudir, pese a que ya conocía nuestra disponibilidad para esa misma tarde. Al no acudir, le ofrecimos como alternativa el 4 de agosto por la mañana, respondiendo que también le resultaba imposible.
Finalmente, el instalador nos comunicó que acudiría el 7 de agosto por la tarde y que nos llamaría a primera hora de la mañana para confirmar la hora. Dicha llamada nunca se produjo. Intentamos contactar con él en cinco ocasiones, sin éxito, ya que rechazó nuestras llamadas y únicamente envió un mensaje indicando que no podía acudir esa tarde.
Como consecuencia de esta situación, llevamos más de dos meses esperando la reparación de un equipo cuya avería ha sido atribuida por el Servicio Técnico Oficial a una instalación defectuosa realizada por EUROINSA. Durante este tiempo hemos permanecido sin aire acondicionado durante varias olas de calor, con las molestias y perjuicios que ello ha supuesto, especialmente teniendo en cuenta que una de las personas residentes en la vivienda se encuentra embarazada.