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PLacas solares

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GENKII IBERICA S.L.

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Naturaleza del problema:

Interrupción del servicio

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O. I.

A: GENKII IBERICA S.L.

17/02/2026

Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, me dirijo a ustedes para informarles de la interrupción del suministro que ha tenido lugar en mi domicilio en la fecha [….], prolongándose durante [especificar horas /días] sin que hasta la fecha se haya restablecido La interrupción, tuvo lugar por causas que desconozco y absolutamente ajenas a mi voluntad, habiendo cumplido por mí parte, las obligaciones contraídas en el contrato de suministro pactado, y estando al corriente de pago de todas mis obligaciones. Adjunto fotocopia [enumerar documentación que se adjunta: p. ej. Factura para identificar el punto de sumunistro, contrato, D.N.I.….] Solicito: [elegir una o ambas: se restituya el mismo así como procedan al pago de las indemnizaciones que en el contrato aparecen o sean preceptivas según la normativa vigente]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Mensajes (1)

GENKII IBERICA S.L.

A: O. I.

19/02/2026

En respuesta a la reclamación recibida exponemos: La clienta contrató el 3 de mayo de 2023, la instalación de 12 paneles de 550W y un inversorde 6kW de Huawei. Queremos dejar constancia que desde el momento de la instalación, hace casi 3 años, la misma ha funcionado perfectamente y sigue funcionando a día de hoy, tal y como muestra la aplicación de monitorización Fusión Solar desarrollada por el fabricante. Acreditamos por tanto la conformidad de lo contratado y posteriormente instalado así como el correcto funcionamiento de la instalación fotovoltaica llevada a cabo por nuestra empresa.Queda claro que nuestra empresa ha cumplido con las prestaciones ofertadas y pactadas. La cliente expresa su malestar por un corte de suministro (que ocurrió a nivel nacional el pasado 28-04-2025) provocado la compañía eléctrica, ajeno totalmente a nuestra empresa. Nosotros somos la empresa que llevo a cabo la instalación fotovoltaica, en ningún caso tenemos un contrato de suministro de eléctrico con la clienta, ya que no somos la empresa de distribución ni comercialización de energía que ella tiene contratada y que son los encargados de suministrar la electricidad a su vivienda. Como se le ha explicado a la clienta, para que su vivienda funcionará de manera aislada de la red, en el caso de producirse un corte de suministro, debería contar con baterías. En ningún caso la instalaciónque se le ofertóy contrató llevaba incluidas dichas baterías. Podemos aportar el contrato, si lo estiman necesario, en el aparecen los elementos a instalar y en ningún caso aparecenelementos propios de instalaciones sin conexión a red, como son las baterías. Cualquier dato o documento contractual que se necesite para confirmar lo aquí expuesto lo aportaremos sin problema. Un saludo El Responsable del Tratamiento de este e-mail es GENKII IBERICA SL con la finalidad de gestionar la agenda de contactos y el envío de comunicaciones por vía electrónica. Este tratamiento tiene como base legitimadora el interés legítimo del propio interesado y consentimiento del interesado. No se cederán datos personales del mismo a terceros salvo por imperativo legal. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación del tratamiento y oposición ante GENKII IBERICA SL, Avda. Villalonga nº46 de Gandía 46702 (Valencia). Para una información más detallada puede dirigirse al email papeleo@genkii.es La documentación adjunta es propiedad de GENKII IBERICA SL y, tiene carácter confidencial. Por tanto, no podrá ser objeto de reproducción total o parcial, tratamiento informático ni transmisión de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, telemático, por fotocopia, registro o cualquier otro. Asimismo, tampoco podrá ser objeto cesión sin previo aviso y por escrito de GENKII IBERICA SL., titular del copyright. El incumplimiento de las limitaciones señaladas, por cualquier persona que tenga acceso a la documentación y no sea el destinatario, será perseguido conforme a la ley. El mar, 17 feb 2026 a las 16:30, reclamar@ocu.org escribió:

Asistencia solicitada 20 febrero 2026

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