Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Kuala Lumpur con fecha salida a las 16:25 horas del día [
1/10/2024.
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una mochila de 70litros marca pavillo verde y gris.
El equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR).
Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de 1500 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en pérdida de tiempo, perdiendo el traslado al hotel y la noche pertinente. Pérdida de mi equipaje con todas las cremas, mis zapatos, mis joyas, toda mi ropa, mis relojes.
Adjunto los siguientes documentos: tarjetas de embarque y documento de la reclamación del equipaje en el aeropuerto
SOLICITO la cantidad de 1500 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados.
Sin otro particular, atentamente.
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.