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Omisión de información técnica y gastos extraordinarios

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S. M.

A: Schmidt

18/06/2026

A la atención de la jefa de tienda de Schmidt, Dña. Andrea SIUGZA RECLAMACIÓN FORMAL CONTRA SCHMIDT COCINAS Por medio de la presente, deseo dejar constancia de una serie de incidencias, errores de planificación y perjuicios económicos sufridos durante el proceso de diseño e instalación de la cocina adquirida a través de la tienda que Schmidt tiene en Gran Vía Fernando el Católico 19, Valencia (empresa Lauser Kitchen SL) El día 9 de enero de 2026 remití a Schmidt diversas fotografías detalladas de mi cocina en las que se reflejaban las medidas exactas de los distintos elementos del espacio, incluyendo encimera, ventana, alturas, distancias y ubicación de elementos fijos. Posteriormente, el día 20 de enero, Dña. Mariana Alfonzo, responsable del proyecto y destinataria de dicha información, acudió personalmente a mi domicilio para verificar las medidas y comprobar in situ las características de la cocina. Por tanto, Schmidt disponía tanto de documentación gráfica detallada como de una comprobación presencial de las dimensiones reales del espacio, eliminando cualquier posible duda sobre las condiciones existentes antes de la ejecución del proyecto. Se me informó de que los muebles serían entregados el día 31 de marzo y que la instalación tendría lugar los días 1 y 2 de abril. Asimismo, se me indicó expresamente que, en caso de no encontrarse finalizada la obra en dichas fechas, debería asumir los costes derivados del almacenamiento de los muebles. Con el fin de cumplir con dichos plazos, y debido al incumplimiento de la empresa inicialmente contratada para los trabajos de albañilería y fontanería, me vi obligada a contratar una segunda empresa de reformas (hecho del que fue conocedora Dña Alfonzo, desde el primer momento), que inició los trabajos el 13 de marzo y los finalizó el 24 de marzo. Durante todo este proceso la mantuve informada de la evolución de la obra y de las actuaciones realizadas para garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos por la propia empresa. En ningún momento habló con las personas que estaban realizando el trabajo indicando la existencia de un punto eléctrico a tener en cuenta. El mismo día 24 de marzo, una vez finalizada la obra, recibí por correo electrónico los planos definitivos del proyecto. En dichos planos aparecía reflejada la necesidad de una salida eléctrica para la iluminación de un mueble alto, información técnica que no había sido facilitada previamente ni durante la fase de planificación ni durante la ejecución de la obra. La comunicación de esta información una vez concluidos los trabajos obligó a modificar una obra ya terminada. Como consecuencia directa de la recepción tardía de los planos definitivos, fue necesario realizar una regata en la pared para instalar el cableado correspondiente a dicha salida de luz. Esto implicó el posterior masillado, la pintura e instalación de un interruptor. Esta actuación no estaba prevista inicialmente y supuso un coste adicional de 300 euros que tuve que asumir personalmente. Dicho gasto no habría existido si Schmidt hubiera facilitado toda la información técnica necesaria al personal que realizaba la obra con la antelación suficiente para integrarla dentro de los trabajos ordinarios de la reforma. El día 2 de abril recibí un correo electrónico de la jefa de tienda de Schmidt Fernando el Católico en el que se reconocía expresamente que existía información ausente en el plano técnico. En dicho correo se afirmaba literalmente que estaban "al tanto de la información que ha faltado en el plano técnico" y que se trataba de "un detalle que no debíamos haber pasado por alto". Estas manifestaciones constituyen un reconocimiento explícito de que la documentación facilitada por Schmidt era incompleta. Asimismo, en el mismo correo se reconoce que se trata de información técnica que los clientes no pueden interpretar fácilmente, lo que refuerza la obligación de Schmidt de proporcionar una documentación completa, clara y suficiente para la correcta ejecución de la obra. Pese a dicho reconocimiento, la responsabilidad fue atribuida a la empresa de reformas, cuando la información omitida dependía exclusivamente de Schmidt y fue comunicada una vez finalizados los trabajos. En el citado correo se me informó de que mi caso sería trasladado a gerencia y que se valorarían posibles soluciones. Sin embargo, tras dicha comunicación no recibí ninguna respuesta posterior relativa a la incidencia, al reconocimiento del error, a la compensación de los perjuicios ocasionados ni a la resolución de la reclamación planteada. La única comunicación posterior recibida por parte de Schmidt tuvo lugar recientemente mediante una comunicación de whatsapp cuyo único objetivo fue preguntarme si había recibido la guía de mantenimiento de la cocina. En dicho mensaje de voz no se abordó en ningún momento el error reconocido por la empresa, el coste adicional de 300 euros que tuve que asumir ni las posibles medidas para reparar los perjuicios ocasionados. SOLICITUD Por todo lo anteriormente expuesto, solicito: 1. El reconocimiento formal de la responsabilidad de Schmidt en relación con la omisión de información técnica esencial en la documentación del proyecto. 2. El reintegro de los 300 euros que tuve que abonar para realizar las modificaciones de albañilería, masillado, pintura y electricidad derivadas directamente de dicha omisión. 3. Una respuesta escrita y motivada a la presente reclamación. 4. Cualquier otra medida compensatoria que proceda en atención a los perjuicios ocasionados.


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