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No he recibido tratamiento y no me reembolsan mi dinero

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Clinica Ferraro

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M. S.

A: Clinica Ferraro

27/06/2026

Hola, contraté hace 2 años un tratamiento estético en la Clínica Ferraro. Me dijeron para pagarlo a plazos con unos créditos de CaixaBank Consumer. Este mes de Junio, en concreto el día 27/06 tenía la cita para realizarme estos 2 tratamientos. El problema es que a primeros de mes me envió un mail la clínica explicándome que cerraban por motivos económicos y que no me podían hacer los tratamientos. En resumen, no me han realizado ninguno de los tratamientos y no me han anulado ni los créditos ni me han abonado los importes que he ido pagando.

Mensajes (1)

Clinica Ferraro

A: M. S.

01/08/2026

Muy Sres. nuestros, En relación con la referida reclamación les hemos de comunicar que ESPIGOL EUROGROUP, S.L., sociedad titular de la Clínica FERRARO, se encuentra actualmente incursa en un procedimiento concursal, habiéndose declarado en concurso de acreedores por Auto de 28 de julio de 2026, de la Sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid Plaza nº 19, como consecuencia de la grave situación de insolvencia que atraviesa la sociedad. Como resultado directo de dicha situación, la Clínica FERRARO ha procedido al cierre de sus instalaciones, resultando materialmente imposible la prestación del tratamiento contratado por la reclamante. Esta imposibilidad no es impu a la voluntad de la Sociedad, sino a las circunstancias objetivas derivadas de la crisis económica y financiera que ha determinado la apertura del concurso. Las actuaciones derivadas del procedimiento concursal quedan sujetas a la supervisión y control de la administración concursal designada judicialmente, a quien corresponde la gestión y disposición de la masa activa, con sujeción a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo). El contrato de crédito suscrito entre la reclamante y CaixaBank Consumer tiene la naturaleza de crédito al consumo vinculado a la adquisición de un servicio específico, en los términos previstos en el artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Crédito al Consumo (en adelante, LCCC), al haberse concedido de forma exclusiva y condicionada para la financiación del tratamiento de medicina estética contratado con ESPIGOL EUROGROUP, S.L. En este sentido, el artículo 29 LCCC esce que en los contratos de crédito vinculados, cuando los bienes o servicios objeto del contrato no sean entregados o prestados, el consumidor tendrá derecho a reclamar frente al prestamista. En el presente caso, concurren todos los presupuestos para la aplicación de dicho precepto: (i) el crédito está vinculado a la adquisición del tratamiento de medicina estética; (ii) el servicio no ha sido prestado en modo alguno, dado el cierre de la clínica por causa del concurso de acreedores; y (iii) la reclamante ha acreditado haber reclamado repetidamente frente al proveedor —la Clínica FERRARO— y frente a la propia entidad financiadora, sin obtener satisfacción. En consecuencia, la reclamante tiene reconocido por ley el derecho a resolver el contrato de crédito vinculado con CaixaBank Consumer, debiendo esta entidad financiera proceder a la cancelación del crédito y al reintegro de las cantidades eventualmente cobradas, sin que pueda exigirse a la consumidora el pago de cuotas por un servicio que no ha sido ni puede ser prestado. Esta representación, en la medida en que le corresponde en el marco del procedimiento concursal, no se opone a la cancelación del contrato de crédito vinculado y manifiesta su conformidad con las acciones que la reclamante pueda ejercitar frente a la entidad financiadora al amparo del citado artículo 29 de la LCCC. En atención a todo lo expuesto, esta parte reconoce la imposibilidad sobrevenida de ejecución del tratamiento estético contratado, derivada de la situación concursal de ESPIGOL EUROGROUP, S.L. y el consiguiente cierre de la Clínica FERRARO, y manifiesta que la reclamante dispone de la acción prevista en el artículo 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo para instar ante CaixaBank Consumer la cancelación del crédito vinculado y la devolución de las cantidades abonadas, por no haber recibido el servicio que constituía el objeto de dicho crédito. Atentamente


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