El día 7/05/2026 participé de forma legítima en el juego promocional denominado "Rascash" dentro de la aplicación móvil Gelt.
Tras realizar la acción requerida por la plataforma, la aplicación me mostró una pantalla de confirmación expresa e inequívoca con el siguiente texto: "¡Enhorabuena! Has ganado 20€. Directos a tu Monedero. ¡Disfrútalos!". Adjunto captura de pantalla completa de dicha comunicación (Documento 1).
Tras constatar que el importe no se reflejaba en mi saldo, me puse en contacto con el servicio de atención al cliente de Gelt en repetidas ocasiones. La respuesta de la empresa fue denegar el abono del premio, alegando de forma vaga que se trataba de un "fallo en un entorno de pruebas".
Sin embargo, de manera unilateral y sin mi consentimiento, la empresa procedió a ingresar en mi cuenta la cantidad de 1000 Geltcoins (equivalentes a apenas 1 € si se pudiesen canjear todos, lo cual no es posible) en sustitución del premio originalmente visualizado y reconocido por su propio sistema.
Considero que esta conducta vulnera el principio de vinculación publicitaria y las expectativas legítimas del consumidor. Al haberme otorgado un premio alternativo (los 1000 Geltcoins), la empresa reconoce implícitamente la validez de mi participación en el juego, por lo que no puede ampararse en un "error de sistema" para reducir unilateralmente el valor del premio obtenido y comunicado formalmente en pantalla.