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Hector kintsugi

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Otro

Tu reclamación

J. L.

A: Hector kintsugi

03/10/2026

Muy señor mío: Por medio de la presente, y en representación de L&G Mantenimiento S.L., le requerimos formalmente para que proceda a la devolución íntegra del importe abonado correspondiente a la factura F000032, emitida el 25/06/2026, por un importe total de 597,00 €, en concepto de “Servicio Programa Kintsugi”. El presente requerimiento se fundamenta en el incumplimiento contractual derivado de la falta absoluta de prestación del servicio contratado, que no ha sido ejecutado en ningún momento. Esta circunstancia ha sido, además, reconocida expresamente por usted por escrito en las comunicaciones mantenidas con esta parte. En consecuencia, al no haberse prestado el servicio objeto de la citada factura, le requerimos para que reintegre íntegramente los 597,00 € abonados, en el plazo improrrogable de cinco (5) días hábiles, contado desde la recepción del presente burofax. El reintegro deberá efectuarse mediante transferencia bancaria a la misma cuenta desde la que se realizó el pago. Se le requiere expresamente para que cumpla dicha obligación dentro del plazo indicado, sin necesidad de ulteriores comunicaciones. En caso de que el reintegro no se produzca dentro del plazo señalado, L&G Mantenimiento S.L. ejercitará cuantas acciones legales le correspondan para reclamar la cantidad adeudada, incluidas, en su caso, las acciones judiciales procedentes ante los Juzgados y Tribunales competentes, junto con los intereses y demás conceptos que legalmente resulten exigibles. El presente requerimiento se formula a todos los efectos legales oportunos y deja constancia expresa de la voluntad de esta parte de obtener la restitución íntegra de la cantidad abonada por un servicio que no ha sido prestado. Sin otro particular, le instamos a efectuar el reintegro solicitado dentro del plazo indicado, advirtiéndole de que, en caso contrario, se procederá por la vía judicial correspondiente, sin necesidad de nuevo requerimiento.

Mensajes (3)

Hector kintsugi

A: J. L.

03/10/2026

Buenos días: La información contenida en esta reclamación no se corresponde con lo sucedido y rechazamos expresamente la afirmación de que se trate de un “servicio no realizado”. El Programa Kintsugi sí fue iniciado y se prestaron servicios efectivos, de los que conservamos evidencia documental. En concreto, se realizó el proceso inicial del programa, se llevó a cabo la valoración del caso, el cliente remitió vídeos y material audiovisual para dicha valoración y estos fueron recibidos y utilizados dentro del proceso. Asimismo, se realizó la correspondiente llamada inicial y existen comunicaciones que acreditan el desarrollo de estas actuaciones. Por tanto, resulta objetivamente incorrecto afirmar que el servicio “no se ha realizado” o que existió una ausencia absoluta de prestación. La afirmación del reclamante se apoya, entre otras cuestiones, en un mensaje nuestro que está siendo presentado fuera de su contexto. Las expresiones relativas a “empezar”, “retomar” o “dar inicio” hacían referencia a continuar con la fase posterior de planificación y entrenamiento, no a que el Programa Kintsugi no hubiese comenzado previamente. Para entonces ya se habían realizado actuaciones correspondientes al servicio y disponemos de documentación que permite acreditarlo. Asimismo, debe señalarse que la factura objeto de controversia fue emitida a nombre de LG Mantenimiento S.L., siendo esta misma sociedad la que posteriormente ha formulado formalmente la reclamación económica. Hemos comunicado al reclamante nuestra posición y conservamos las comunicaciones, material audiovisual y demás documentación acreditativa de la prestación realizada. Por todo ello, no aceptamos la devolución solicitada ni la premisa sobre la que se fundamenta esta reclamación. Solicitamos igualmente a OCU que, en caso de que esta reclamación se haya publicado o vaya a publicarse, revise su contenido conforme a las normas de uso de la plataforma, puesto que se está presentando públicamente como “servicio no realizado” una situación respecto de la cual disponemos de evidencias objetivas de que el servicio sí se inició y se realizaron actuaciones propias del mismo. Quedamos a disposición de OCU para aportar, por vía privada, la documentación acreditativa necesaria para verificar estos extremos. El El sáb, 3 oct 2026 a las 17:30, reclamar@ocu.org escribió:

J. L.

A: Hector kintsugi

03/10/2026

Estimado Héctor: Nuestra postura sigue siendo firme y se sustenta en pruebas documentales claras e inequívocas emitidas por usted mismo por escrito, las cuales demuestran que el servicio contratado nunca fue realizado. En lugar de contestar con argumentos de fondo a nuestras reclamaciones, su única respuesta ha consistido en bloquear la comunicación y eludir sus responsabilidades contractuales. Las gestiones preliminares o logísticas que menciona no equivalen en ningún momento a la ejecución del servicio principal estipulado en la factura F000032. Por todo ello, le reiteramos el requerimiento para que proceda a la devolución íntegra de los 597,00 € en el plazo establecido, advirtiéndole de que de persistir en esta actitud de bloqueo y negativa injustificada, se iniciarán de forma inmediata las acciones legales y judiciales correspondientes. Julio Lorca Abellán

J. L.

A: Hector kintsugi

03/10/2026

Estimado Héctor: Se reitera la total improcedencia de su postura, máxime cuando no existe contrato escrito ni cláusulas normativas suscritas que amparen la retención indebida de fondos. A falta de un marco contractual formalizado, rigen los principios generales de la normativa de consumo y de las obligaciones, siendo palmaria la inexistencia de contraprestación efectiva respecto al servicio principal objeto de la factura F000032. Asimismo, consta fehacientemente acreditado que la solicitud de cancelación se interpuso de forma tempestiva, a los dos días de la contratación documentadas . Las alegadas gestiones preliminares o elementos materiales aportados de contrario no equivalen en ningún caso a la ejecución del servicio principal. Por todo ello, al carecer de sustento fáctico y jurídico la retención de la cantidad reclamada, se le requiere formalmente por última vez para que proceda a la devolución íntegra de los 597,00 €. De persistir en su injustificada negativa, se instarán de inmediato las acciones legales y judiciales pertinentes en defensa de mis legítimos intereses, aportando el acervo probatorio disponible. Atentamente, Julio Lorca


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