He analizado varios contratos de micropréstamos de esta entidad y presentan intereses extremadamente elevados. Por ejemplo, en préstamos de 50€, se llegan a pagar entre 15€ y 18€ en apenas 20-30 días, y en importes de 200€, costes de hasta 60€ o más en menos de un mes.
Esto implica TAE que pueden superar el 4000% (e incluso más en algunos casos), lo cual puede considerarse usura según la Ley de Represión de la Usura de 1908, que establece que serán nulos los contratos con intereses notablemente superiores al normal del dinero y desproporcionados.
La consecuencia de la nulidad es clara: el consumidor solo estaría obligado a devolver el capital recibido, y la entidad debería devolver todos los intereses cobrados.
Además, en caso de impago, la inclusión en ficheros de morosidad como ASNEF o BADEXCUG podría ser indebida si la deuda deriva de un contrato usurario, pudiendo incluso reclamarse la eliminación de los datos y una posible indemnización.
En base a esto, cualquier persona afectada debería revisar sus contratos y valorar la reclamación de los intereses abonados, así como la nulidad del préstamo.
Este tipo de prácticas han sido cuestionadas en múltiples sentencias del Tribunal Supremo, incluso con intereses muy inferiores a los aquí aplicados.