Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación contra la empresa Pepitas Brand por incumplimiento contractual, negativa al derecho de desistimiento y falta de reembolso del importe abonado.
El día 6 de julio de 2025 realicé un pedido (nº 19543) a través de la web de Pepitas Brand. Según las condiciones publicadas en su página, el plazo de entrega en Península era de 2 a 3 días laborables. Sin embargo, transcurridos más de 10 días, el pedido no había sido enviado ni la empresa se había puesto en contacto conmigo.
Ante este incumplimiento, el 15 de julio de 2025 contacté por correo electrónico solicitando la cancelación del pedido y el reembolso íntegro (incluidos gastos de envío). La empresa respondió alegando que el producto estaba en “PRE ORDER” y que no podían cancelar el pedido. No obstante, esa mención no figuraba en la ficha del producto en el momento de la compra, sino que fue añadida posteriormente, lo que constituye una modificación unilateral de las condiciones contractuales.
El 16 de julio reiteré mi solicitud, ejerciendo formalmente mi derecho de desistimiento dentro del plazo legal de 14 días, conforme al artículo 102 del Real Decreto Legislativo 1/2007, e instando a la devolución del importe según el artículo 107 del mismo texto. También solicité la hoja oficial de reclamaciones de la Junta de Andalucía, sin obtener respuesta.
A fecha de hoy, 7 de octubre de 2025, no he recibido el reembolso ni el producto, pese a haber pasado casi tres meses desde la compra y a haber insistido por escrito en múltiples ocasiones.
Por todo ello, considero que la empresa ha incurrido en incumplimiento de contrato, negativa al ejercicio del derecho de desistimiento y vulneración de la normativa de defensa del consumidor.
Solicito a la OCU:
Que intervenga para requerir a Pepitas Brand el reembolso inmediato del importe abonado por el pedido nº 19543.
Que valore la posible apertura de expediente sancionador por incumplimiento de los derechos de desistimiento y de información al consumidor.
Que la empresa facilite al consumidor las hojas oficiales de reclamaciones en los términos establecidos por la normativa vigente.
Adjunto el hilo completo de correos electrónicos mantenidos con la empresa como prueba documental.