Estimados/as señores/as:
Por medio de la presente, formulo reclamación a través de OCU, en relación con la imposibilidad de contratar el plan de garantía extendida y mantenimiento Confort Plus correspondiente al equipo de aerotermia Daikin Altherma instalado en mi vivienda, como consecuencia de una serie de errores e incidencias en la información que consta en sus sistemas y que, hasta la fecha, no han sido resueltos.
1. Antecedentes.
Adquirí un equipo de aerotermia Daikin Altherma para mi vivienda, a la que entré a vivir en el año 2024, siendo la instalación realizada por Instalaciones Vicente Y Rivero S.A., por encargo de la constructora CEOS.
La puesta en marcha inicial del equipo por parte de Daikin se realizó en octubre de 2025. Dicha puesta en marcha se produjo en esa fecha debido a que, previamente, existió un conflicto de entendimiento entre el instalador y el fabricante respecto de determinados aspectos de la instalación, circunstancia que demoró la intervención de Daikin.
Durante dicha puesta en marcha, los técnicos de Daikin nos informaron de la posibilidad de contratar una garantía extendida y un servicio de mantenimiento, mediante los diferentes planes disponibles (Básico, Confort, Confort Plus y Confort Total). A tal efecto, se nos facilitó un folleto con un código que debía ser activado dentro de un plazo de seis meses.
2. Imposibilidad de contratar el plan Confort Plus por un error en los datos de Daikin.
En febrero de 2026, y por tanto dentro del plazo indicado por Daikin, iniciamos los trámites para contratar el plan Confort Plus.
Sin embargo, para nuestra sorpresa, dicho plan no aparecía como opción seleccionable. Además, el sistema indicaba que la puesta en marcha del equipo se había realizado en febrero de 2024, fecha manifiestamente incorrecta.
Esta información resulta objetivamente imposible, dado que en febrero de 2024 ni siquiera disponíamos de la correspondiente licencia de primera ocupación de la vivienda, y la puesta en marcha efectivamente realizada por Daikin tuvo lugar en octubre de 2025.
Ante esta situación, contactamos con Daikin para solicitar la corrección de los datos y poder formalizar la contratación del plan. Disponemos tanto del número de referencia del ticket como de los correos electrónicos intercambiados con Daikin, que acreditan las gestiones realizadas y la incidencia comunicada.
3. Posterior sustitución del equipo.
Mientras tratábamos de resolver esta incidencia, y sin que nuestra solicitud hubiera sido solucionada, el instalador detectó una avería en la unidad interior del sistema de aerotermia, que finalmente tuvo como consecuencia la sustitución del equipo.
Es importante señalar que las comunicaciones y actuaciones relativas a esta avería se gestionaron fundamentalmente entre Instalaciones Vicente Y Rivero S.A. y Daikin. Por nuestra parte, únicamente fuimos informados de las revisiones que se realizaron en nuestra vivienda y, posteriormente, de la decisión de sustituir la máquina por parte de la constructora.
Por tanto, desconocemos las conversaciones, valoraciones técnicas y decisiones que se produjeron entre la constructora, el instalador y Daikin y que llevaron finalmente a la sustitución del equipo. En cualquier caso, dicha sustitución no fue consecuencia de un uso inadecuado por nuestra parte.
Tras la sustitución del equipo, se realizó una nueva puesta en marcha por parte de Daikin en junio de 2026.
4. Nuevo intento de contratación de la garantía extendida.
Posteriormente, en septiembre de 2026, se nos facilitó finalmente un nuevo código para poder realizar la contratación de la garantía extendida.
Sin embargo, al introducir dicho código, el sistema mostraba un mensaje indicando que el código ya había sido utilizado o que era incorrecto, impidiendo nuevamente la contratación.
Ante esta nueva incidencia, volvimos a contactar con Daikin y abrimos una nueva reclamación. De nuevo, disponemos del correspondiente número de ticket y de los correos electrónicos intercambiados, que acreditan nuestras gestiones.
La última comunicación que hemos recibido de Daikin, en de septiembre de 2026, indicaba que, una vez aclarada la información relativa a las fechas y acontecimientos anteriormente descritos, se estaba trabajando en la resolución de nuestra incidencia.
Sin embargo, a fecha de hoy, 6 de octubre de 2026, ha transcurrido casi un mes desde dicha comunicación sin que hayamos recibido una solución, respuesta definitiva o plazo concreto para la resolución del problema.
5. Reclamación y solicitud.
Consideramos que hemos actuado en todo momento de forma diligente y de buena fe, intentando contratar el servicio ofrecido por Daikin dentro del plazo establecido y poniendo en conocimiento de la compañía, de manera reiterada, los errores que impedían dicha contratación.
Asimismo, podemos afirmar que el equipo ha sido utilizado de forma adecuada y conforme a su finalidad, sin que haya existido por nuestra parte ninguna actuación que pudiera justificar la pérdida o imposibilidad de acceso a la garantía extendida o al servicio de mantenimiento ofrecido.
Por todo lo anterior, SOLICITO FORMALMENTE:
Que Daikin proceda a corregir de forma inmediata los datos relativos a la fecha de puesta en marcha que constan en sus sistemas, haciendo constar las fechas reales correspondientes a las actuaciones realizadas sobre el equipo.
Que se reconozca que el primer intento de contratación del plan Confort Plus se realizó en febrero de 2026, dentro del plazo de seis meses indicado por Daikin, y que la imposibilidad de formalizarlo en ese momento se debió a un error/incidencia ajeno a nuestra voluntad.
Que se nos permita contratar el plan Confort Plus en las mismas condiciones en las que se nos ofreció inicialmente, sin que los errores administrativos o informáticos existentes en los sistemas de Daikin puedan perjudicarnos o suponer la pérdida de un derecho que intentamos ejercer dentro de plazo.
Que se nos facilite, a la mayor brevedad posible, un código válido y operativo, o el procedimiento alternativo necesario para formalizar dicha contratación, evitando que tengamos que continuar realizando sucesivas reclamaciones por una incidencia que ya ha sido comunicada en reiteradas ocasiones.
Que se nos proporcione una respuesta formal y definitiva a esta reclamación, indicando las actuaciones realizadas para solucionar la incidencia y confirmando la posibilidad de contratar el plan solicitado.
Quedamos a la espera de una respuesta por escrito y de una solución efectiva a la mayor brevedad posible.
Sin otro particular, atentamente.