Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de El Cairo al de Madrid, con fecha 08/12/2025 salida a las 07:30 horas
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en la maleta que se puede observar en archivos adjuntos.
Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje (que tiene unas dimensiones de 65x42x24) llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en una fractura exterior, arañazos varios por toda la superficie y había perdido los tiradores de la cremallera de apertura, de manera que la hacen inservible.
No fue posible presentar la oportuna reclamación a la compañía aérea (PIR) no disponer del tiempo suficiente puesto que al tener una conexión en tren muy próxima a la hora de llegada del avión (que llegó con retraso), tuve que marchar urgentemente a la estación de tren
Aporto Fotos del equipaje y los daños ocasionados (archivos adjuntos "IMG-20251211-WA0000.jpg", "IMG-20251211-WA0004.jpg", "IMG-20251211-WA0005.jpg", "IMG-20251211-WA0008.jpg","IMG-20251211-WA0009.jpg"). Adjunto también datos de reserva del vuelo (130823_BONOS_TRAVELDMC_Loc_255206_Pax_RodriguezAbrinesRoberto_20251127_152414 (1).pdf), tarjeta de embarque (IMG-20251212-WA0001.jpg) y de facturación del equipaje (IMG-20251211-WA0006.jpg y IMG-20251211-WA0001.jpg)
SOLICITO, el abono por el valor de la maleta o lo que esté estipulado en estos casos en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados
Sin otro particular, atentamente.
Roberto Rodríguez Abrines
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.