El Corte Inglés - Cobros indebidos
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J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
He sido titular de un seguro de vida desde 2018 hasta 2024. Solicité la baja de esta póliza presencialmente en 2019, gestión que no fue tramitada correctamente por la propia aseguradora, motivo por el cual el seguro se me ha seguido cobrando durante años sin mi conocimiento, camuflado entre otros cargos de la tarjeta bajo referencias numéricas indistinguibles de compras aplazadas. Al margen de esa disputa actualmente estudiada por los órganos reguladores competentes, planteo aquí un motivo independiente y añadido de reclamación, que afecta tanto a la aseguradora como a la financiera que ha venido ejecutando los cobros: El importe de la prima se ha ido incrementando cada año sin que se me haya notificado nunca por escrito, ni por carta ni por email. El artículo 22.3 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, obliga a la aseguradora a notificar por escrito al tomador cualquier modificación de las condiciones o del importe de la prima, con una antelación mínima de dos meses al vencimiento de la anualidad en curso. Esta obligación es completamente independiente de que la póliza sea "autorenovable": una cosa es que el contrato se prorrogue automáticamente sin necesidad de firmar nada cada año, y otra muy distinta es que se pueda subir el precio sin avisar. La autorenovación no exime de la obligación de notificar los incrementos. En mi caso, la prima ha ido subiendo progresivamente con cada renovación, y en ningún momento he recibido comunicación alguna, ni postal ni por email, informándome de dichas subidas con la antelación legalmente exigida. Por ello, requiero formalmente a ambas entidades: Que aporten prueba documental del envío de cada una de las notificaciones de modificación de prima correspondientes a cada anualidad desde 2019 hasta 2024, indicando fecha y medio de envío de cada una.
Mensajes (8)
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
Sigo sin recibir nada. A partir de aquí pueden ustedes seleccionar una o todas las excusas que planteo (como también suele hacer la Financiera el Corte Inglés) o incluso inventarse alguna que no hayan usado anteriormente: - No tenemos esos documentos - Diríjase a la Financiera. - No tenemos que contestar a esto porque el órgano regulador... - Nos callamos porque sabemos que hemos prolongado una chapuza contractual durante años... Lo que estoy pidiendo es muy concreto. Yo no tengo documento de cancelación de la póliza de 2019 porque no me lo dieron, y ustedes no tienen ni póliza firmada, ni boletín de adhesión firmado en la página de condiciones generales, ni me han demostrado que me hayan enviado comunicaciones aceptadas por mí donde se especifique el incremento del valor de las primas. Si las tienen, me las envían, y si no las tienen, respondan admitiendo claramente que no tienen ninguna comunicación de incremento autorizado por mí.
Seguros El Corte Inglés
A: J. M.
Madrid 20 de agosto de 2026 Estimado Sr. Marín En relación con la reclamación presentada a través de la plataforma de comunicaciones de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), le informamos de que, a fin de poder tramitarla adecuadamente y garantizar su correcta identificación y privacidad de su caso, procedemos a darle respuesta a las cuestiones planteadas tanto en este correo como en los recibidos en este Servicio los días 8 y 9 de agosto de 2026, a través de correo electrónico remitido a su buzón personal. Sin otro particular, le saluda atentamente --------------- Mensaje reenviado ---------------
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
En respuesta a su último escrito, en el que además de enviarme por email la póliza sin mi firma y el boletín de adhesión con la página de las cláusulas y condiciones sin mi firma, insisten en justificar el incremento de las primas amparándose en la cláusula de revalorización y cambio de tramo de edad, les traslado lo siguiente, que no es una opinión mía, sino la lectura directa del propio documento que ustedes me han remitido: El Boletín de Adhesión consta de dos páginas. La página 1 es la única que lleva mi firma, y su contenido se limita a datos personales, capital asegurado, beneficiarios y forma de cobro. La cláusula de "REVALORIZACIÓN DE CAPITALES Y PRIMAS" que ahora invocan para justificar los incrementos no está en esa página. Está únicamente en la página 2, el "Extracto de Condiciones Generales", que no contiene firma alguna ni espacio habilitado para ella. Es decir: están fundamentando el cobro de un incremento de prima en una cláusula que se encuentra, por su propia estructura documental, en una página que no está firmada por mí. Una declaración genérica en la página 1 de "haber recibido y aceptado" las cláusulas de la página 2 no sustituye el requisito de aceptación específica que exige el artículo 3 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro para las cláusulas limitativas de derechos. No es una interpretación discutible: es lo que dice el documento que ustedes mismos han aportado. En esa misma línea, siguen sin responder a la mitad de lo que solicité el 8 de julio de 2026. Pedí dos documentos: el boletín de adhesión firmado (que ya me remitieron, correspondiente a una solicitud anterior del 29 de mayo) y la póliza debidamente firmada. De esta segunda no dicen ni una palabra, ni para adjuntarla ni para explicar por qué no la aportan. No es un olvido: es que, según el propio dictamen de la DGSFP, esa firma no existe. Ignorar sistemáticamente la parte de la documentación que no les conviene no equivale a haberla aportado. Por último, tampoco han remitido ni una sola comunicación de las revalorizaciones o cambios de tramo aplicados entre 2019 y 2024. Que el mecanismo estuviera previsto en el contrato no exime de notificar el importe concreto que se iba a cobrar en cada momento, y a día de hoy no he recibido ni un solo justificante de que esa notificación se produjera. No voy a seguir discutiendo lo que no es discutible: una cláusula sin firma no es una cláusula aceptada, y una póliza sin firma no es una póliza válida. Les pido que dejen de reiterar los mismos argumentos ya rebatidos con el propio documento que ustedes aportan, y que procedan a la devolución íntegra de las primas cobradas indebidamente. Por último, les informo de que cada reclamación que presento interrumpe el plazo de prescripción de esta deuda, y no tengo intención de dejar de reclamar hasta que se resuelva. No cuenten con que el tiempo vaya a resolver esto en su favor. Además les informo de que la DGSFP está revisando de nuevo el caso porque en la inspección anterior, pasó desapercibida el tema de la firma en la hoja de condiciones generales del boletín de adhesión. También deben saber que la AEPD está revisando si la llamada que ustedes dicen "no tener" y cuya existencia yo sí he podido probar por mis extractos telefónicos de 2024 en la que por segunda vez una empleada vuestra (no de la Financiera ni de otro lado) comete un error similar al que cometió otra empleada vuestra en 2019 y que como bien saben dio lugar a esta reclamación, constituye un incumplimiento del reglamento al limitar mis posibilidades de defenderme. Por último y, esto le compete a vuestros compañeros de la Financiera, el Banco de España está evaluando las alegaciones que la misma aportó ante mi reclamación por prácticas opacas. Actualmente solo podría ir a juicio verbal con del dictamen anterior de la DGSFP, que no me garantiza nada por no haber sido formulado teniendo en cuenta todos los detalles, pero cuando se vuelvan a pronunciar los tres órganos reguladores sobre la actitud de vuestras entidades que comparten nombre con el grupo comercial, tendré un respaldo suficientemente sólido para pedir no solo la devolución de los cobros indebidos sino también indemnización por todas las molestias ocasionadas y por la cantidad reclamada en tal caso, ya no será juicio verbal. Toda esta documentación seguirá quedando reflejada, como hasta ahora, en esta plataforma y en la web dedicada al expediente (https://sites.google.com/view/elcorteingles-cobros-indebidos/inicio), con independencia de cómo se resuelva este asunto, porque se trata de información veraz y de interés para cualquier otro afectado que se encuentre en mi misma situación. Dicho esto, y por enésima vez, les tiendo la mano: si devuelven ustedes los cobros indebidos por las buenas, la reclamación se limitará a la devolución más los intereses correspondientes a cada prima y cada año. Tienen de plazo hasta que disponga de los tres nuevos dictámenes (DGSFP, AEPD y Banco de España). A partir de ese momento, la reclamación pasará a plantearse por la vía que corresponda según su cuantía, incluyendo la indemnización por los daños y molestias ocasionados durante estos años, y no por la vía del juicio verbal. Así que si no tienen ustedes una póliza con mi firma, ni un boletín de adhesión donde aparezca mi firma en la página de las condiciones generales, reconozcan que NO LO TIENEN, y asuman el error de su empleada en 2019 corriendo con las consecuencias como hacemos los profesionales.
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
Sigo esperando la documentación debidamente firmada y las respuestas a las preguntas ignoradas. Si no tienen ustedes una póliza con mi firma, ni un boletín de adhesión donde aparezca mi firma en la página de las condiciones generales, reconozcan que NO LO TIENEN, y asuman el error de su empleada en 2019 corriendo con las consecuencias como hacemos los profesionales. El silencio que mantienen respecto a lo solicitado, solo confirma el protocolo de mala intención contra el cliente que vienen aplicándome desde mi primera reclamación en 2024.
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
Sigo sin recibir: POLIZA FIRMADA, CONDICIONES GENERALES FIRMADAS, NOTIFICACIONES OBLIGATORIAS DE VARIACIÓN DE LAS PRIMAS DEMOSTRADAS, EXPLICACIONES SOBRE LA ACTITUD DE SUS DOS EMPLEADAS, COPIA DE LA LLAMADA EN LA QUE SU EMPLEADA ME DICE EN 2024 "YA LE LLEGARÁ" REFIRIÉNDOSE A LA CANCELACIÓN.
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
Sigo sin recibir: POLIZA FIRMADA, CONDICIONES GENERALES FIRMADAS, NOTIFICACIONES OBLIGATORIAS DE VARIACIÓN DE LAS PRIMAS DEMOSTRADAS, EXPLICACIONES SOBRE LA ACTITUD DE SUS DOS EMPLEADAS, COPIA DE LA LLAMADA EN LA QUE SU EMPLEADA ME DICE EN 2024 "YA LE LLEGARÁ" REFIRIÉNDOSE A LA CANCELACIÓN. https://sites.google.com/view/elcorteingles-cobros-indebidos/inicio
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
Recordatorio: Sigo sin recibir POLIZA FIRMADA, CONDICIONES GENERALES FIRMADAS EN LA PROPIA HOJA, NOTIFICACIONES OBLIGATORIAS DE VARIACIÓN DE LAS PRIMAS DEMOSTRADAS, EXPLICACIONES SOBRE LA ACTITUD DE SUS DOS EMPLEADAS, COPIA DE LA LLAMADA EN LA QUE SU EMPLEADA ME DICE EN 2024 "YA LE LLEGARÁ" REFIRIÉNDOSE A LA CANCELACIÓN. https://sites.google.com/view/elcorteingles-cobros-indebidos/inicio
J. M.
A: Seguros El Corte Inglés
Recordatorio: Sigo sin recibir POLIZA FIRMADA, CONDICIONES GENERALES FIRMADAS, NOTIFICACIONES OBLIGATORIAS DE VARIACIÓN DE LAS PRIMAS DEMOSTRADAS, EXPLICACIONES SOBRE LA ACTITUD DE SUS DOS EMPLEADAS, COPIA DE LA LLAMADA EN LA QUE SU EMPLEADA ME DICE EN 2024 "YA LE LLEGARÁ" REFIRIÉNDOSE A LA CANCELACIÓN. https://sites.google.com/view/elcorteingles-cobros-indebidos/inicio
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