Naturaleza del problema:

Financiación

Tu reclamación

D. C.

A: Mobilize Financial Services España

15/09/2026

El 12 agosto 2026 realicé una transferencia con el importe que me indicaron que debía para finalizar la financiación, no me cuadraba hasta que me indicaron que retenian un recibo por si tenía alguno pendiente, lo logico seria que, antes de indicarme importe pendiente total que comprobaran si debía alguno, pues no, directamente te obligan a pagar uno de mas.A dia de 15 septiembre aun no me lo han devuelto y me parece lamentable. Es que se quedan con dinero tuyo, durante un tiempo, hasta donde es esto legal??

Mensajes (2)

Mobilize Financial Services España

A: D. C.

17/09/2026

Buenos días, En relación con su solicitud le informamos que se ha derivado su petición al departamento encargado de su gestión. En la mayor brevedad posible tendrá respuesta. Gracias, Un saludo, Para cualquier otra consulta quedamos a su disposición en el 91 769 98 98, del WHATSAPP 630 35 97 91, en el correo electrónico relacion.clientes@mobilize-fs.com o a través de su Espacio Cliente (hs:my.mobilize-fs.es/login ) en la sección “Mis solicitudes” --------------- Mensaje original ---------------

Mobilize Financial Services España

A: D. C.

13/10/2026

Estimados, Con el número de DNI indicado no consta en nuestra base de datos ningún cliente con el nombre y apellidos indicados en la reclamación. No obstante y en líneas generales, en relación con la retención efectuada sobre el vencimiento próximo al momento de la cancelación anticipada, debemos indicar que dicha actuación responde a criterios de prudencia y adecuada gestión del riesgo. El recibo correspondiente ya se encontraba emitido o en proceso de cobro y existía la posibilidad de que, una vez formalizada la cancelación, este fuese objeto de devolución. Adicionalmente, se tiene en consideración el historial de pagos asociado al contrato, en el que constan incidencias de impago y/o devoluciones de recibos que han requerido actuaciones de regularización posteriores. Esta circunstancia evidencia un riesgo cierto de devolución que justifica la retención temporal del vencimiento hasta confirmar su correcto abono y consolidación. La medida adoptada no constituye una penalización ni un coste adicional derivado de la cancelación anticipada, sino una actuación preventiva destinada a garantizar la correcta liquidación del contrato y evitar la generación de saldos pendientes que pudieran requerir posteriores gestiones de recobro. Una vez verificada la situación definitiva de los pagos, se procede a la regularización que corresponda. Asimismo, le informamos de que, a fecha de la presente comunicación, no consta ningún recibo pendiente de cobro ni ningún recibo pendiente de devolución en relación con el contrato, habiéndose regularizado correctamente la situación económica de la operación, asociado al DNI indicado, Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional. Atte. MFS --------------- Mensaje original ---------------


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