Buenas tardes,
Nuestra empresa es contratada por la propietaria SOLO para intermediar en el alquiler de la vivienda, una vez buscado el inquilino, firmado el contrato de arrendamiento de la vivienda, hacer el depósito de la fianza en el IVIMA, hacer la rescisión de contrato e ir con la propietaria a la vivienda para que revise si hay desperfectos o no, recibos sin pagar, tomar nota del contador de agua, luz y gas, y tramitar la devolución de la fianza, acaba nuestro trabajo. No ha contratado ninguna prestación de servicios mas allá del ya explicado.
Si la propietaria, decide por motivos que ella crea convenientes, no devolver la fianza al inquilino, le cuenta los motivos y muestra por qué no se la devuelve, nosotros no podemos hacer nada, puesto que no ha contratado esos servicios con nosotros, lo tienen que resolver entre la propietaria y el inquilino.
Un saludo.
De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org
Enviado el: lunes, 30 de septiembre de 2024 13:15
Para: isabel@asesorialc.com
Asunto: Devolución de fianza