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DENEGACION DE GARANTÍA JOSWAL VENTANAS

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JOSWAL VENTANAS

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M. H.

A: JOSWAL VENTANAS

21/06/2026

Buenos días, durante el mes de Marzo de 2026, la empresa JOSWAL VENTANAS realizó la instalación de 2 conjuntos de puertas + ventanas para las fachadas de la obra que estábamos realizando en la Calle NESTOR 8 - tal y como queda reflejado en el PRESUPUESTO 1.051.095/3 adjunto. Estas instalaciones corresponden a las viviendas reformadas de la Calle Néstor 8 y de la Calle Víctor González. La instalación realizada en ambas viviendas por los técnicos de JOSWAL resultó defectuosa , ya que ambas puertas quedaron "descolgadas" tras los primeros usos con el consiguiente descuadre y problemas para el correcto cierre y roce en el suelo. La reparación de la puerta de la Calle Néstor 8 fue realizada sin problemas por los propios técnicos de JOSWAL tras ser aviados de ello. Al cabo de unas semanas más la puerta de acceso a la vivienda de Víctor González sufrió el mismo problema, por lo que se volvió a dar aviso a JOSWAL. Este aviso se realizó tanto por teléfono como por WhatsApp el 9 de Junio de 2026 al responsable, quién dejó sin respuesta las llamadas y WhatsApp enviados.... Finalmente, el 11 de Junio, tras conversación telefónica con el responsable de JOSWAL, éste se negó a realizar el arreglo indicando que la promotora le debía a él dinero (sic) ¡¡ Ante mi queja insistiendo en que esa no era mi problema y que eran ellos quienes habían instalado las puertas (y ya habían arreglado una de ellas), me contestó que No la pensaba arreglar y que denunciara si quería. También se envió al correo de referencia que aparece en la Web de la empresa (info@joswal.com) notificación formal por escrito para que accedieran al arreglo en un plazo razonable y tampoco se dio ni contestación ni se procedió al arreglo. De aquí el motivo de la reclamación .

Mensajes (2)

JOSWAL VENTANAS

A: M. H.

07/07/2026

Buenos días. “En relación con la reclamación en materia de consumo interpuesta por Don Miguel Herranz con número de caso 15209238 y una vez realizadas las oportunas comprobaciones hemos de poner de manifiesto lo siguiente: El reclamante se identifica como cliente, cuando en la obra de referencia nunca ha ocupado esa posición ya que el encargo y abono de los trabajos se ha realizado por la empresa ALTO NIVEL REFORMAS, S.L.U. a quien en su caso debería realizar las reclamaciones que considere. No es cierto que por personal de esta compañía se haya denegado la asistencia postventa solicitada bajo el pretexto de existencia de una deuda por parte del promotor. Lo cierto es que, hechas las comprobaciones oportunas, de lo que tenemos prueba gráfica, no se ha acometido la asistencia postventa al comprobar que el producto e instalación habían sido manipulados por terceros, con la consecuencia del problema que se explicita, ante lo cual, no tenemos obligación legal de actuar. Adicionalmente, y en relación a la documentación con (facturas) que se aportan junto con la reclamación hemos comprobado que no coinciden con las emitidas por JOSWAL MADRID, SA, al cliente, ALTO NIVEL REFORMAS, S.L.U, por lo que se puede concluir que bien han sido, falsificadas o manipuladas sobre los originales, ante lo que nos reservamos las acciones legales oportunas. Dicho lo anterior, no consideramos que proceda un acuerdo amistoso de la reclamación. Un saludo. info@joswal.com Tef. 91-814-11-17 www.joswal.com Aviso Legal: “En cumplimiento del RGPD y de la LSSICE, le comunicamos que disponemos de sus datos como responsables del tratamiento, con la finalidad de mantener relaciones profesionales y/o comerciales, tratándolos de manera lícita, leal, transparente, adecuada, pertinente, limitada, exacta y actualizada. Usted se compromete a comunicarnos cualquier variación, de lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido modificados. Sus datos serán conservados durante el plazo estrictamente necesario hasta cumplir el fin que motivó sus tratamiento, excepto que nos lo soliciten con anterioridad, y no se cederán a terceros salvo en los casos que exista una obligación legal. Recordarle que podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal, así como revocar el consentimiento prestado, dirigiendo su petición al responsable del tratamiento a través de la dirección de correo electrónico administracion@joswal.com. También podrá dirigirse a la Autoridad de Control competente para presentar la reclamación que considere oportuna. Si no desea recibir más propuestas, responda al correo con asunto “Borrar”. : Este correo electrónico y, en su caso, cualquier documento anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de la empresa. En el caso de haber recibido este correo por error, se ruega notifíquese inmediatamente Joswal Madrid, S.A., con C.I.F. A-82147497 y con domicilio en C/ Alemania, nº 6 P.I. La Estación – C.P. 28971 Griñón (Madrid).

M. H.

A: JOSWAL VENTANAS

07/07/2026

Buenos días: En primer lugar, es ABSOLUTAMENTE CIERTO que fue el personal de su compañía quien denegó la asistencia postventa solicitada bajo el pretexto de existencia de una deuda por parte del promotor, en concreto fue su empleado Cristóbal quien denegó la asistencia de forma rotunda. En segundo lugar dicen que la puerta ha sido manipulada por terceros ¿...? sin decir quién ni cuando se ha manipulado; les recuerdo que la primera reparación de la puerta de la Calle Nestor la realizaron ustedes, por lo que no se entiende esta excusa. Dicen además que tienen pruebas gráficas cuando por allí no ha aparecido ningún encargado de JOSWAL, ya que yo mismo debería haberles abierto la puerta para hacer la reparación... En tercer lugar, no se ha manipulado ningún documento, son los enviados por ustedes en su momento con el presupuesto para la instalación. Por todo lo cual, seguimos adelante con la reclamación solicitando amparo a la OCU. Saludos.


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