El pasado 18 de julio de 2026, acudí a las instalaciones de Cines ABC Gandía para disfrutar de una proyección. Al intentar acceder a la sala, el personal del establecimiento me impidió la entrada alegando que portaba comida y/o bebida adquirida en el exterior.
Considero que esta práctica es abusiva y vulnera mis derechos como consumidor. Según el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), se consideran abusivas aquellas cláusulas que limiten los derechos del consumidor de forma desproporcionada. Dado que la actividad principal del cine es la exhibición cinematográfica y no la restauración, y puesto que el propio establecimiento vende este tipo de productos en su interior, prohibir la entrada de alimentos externos constituye una limitación injustificada del derecho de admisión y una práctica contraria a la libre competencia.
Por todo lo anterior, solicito que la empresa revise su política de acceso, cese en esta práctica abusiva y, en la medida de lo posible, se me compense por los perjuicios ocasionados al no haberme permitido disfrutar del servicio en las condiciones legales establecidas.