Por medio del presente escrito, me dirijo a ustedes con el fin de interponer una reclamación formal en relación con el contrato de mantenimiento prémium/oficial suscrito con el concesionario oficial de su red MG ASIMCO, exponiendo los siguientes:
HECHOS
PRIMERO.- Que con fecha 18/11/2025, adquirí un paquete de mantenimiento oficial vinculado a mi vehículo de la marca MG, el cual fue contratado directamente con el concesionario oficial MG ASIMCO. En dicho contrato se incluyeron de forma íntegra los mantenimientos número dos y número tres (el primer mantenimiento se efectuó en el momento de la firma del contrato).
SEGUNDO.- Que, hasta la fecha, he hecho uso únicamente del segundo mantenimiento estipulado en el acuerdo. Sin embargo, el tercer mantenimiento correspondía realizarlo el próximo mes de noviembre de 2026.
TERCERO.- Que en las últimas fechas he tenido conocimiento y comprobado de forma fehaciente que la entidad MG ASIMCO ha cerrado la totalidad de sus instalaciones y concesionarios, resultando absolutamente imposible ponerme en contacto con ellos, recibir asistencia técnica en dichos centros o llevar a cabo la revisión periódica que tengo pagada por adelantado.
CUARTO.- Que este cese de actividad por parte de un concesionario oficial de su red supone una interrupción unilateral del servicio y un claro incumplimiento contractual, dejándome en una situación de indefensión y vulnerando mis derechos como consumidor, al haberme abonado un servicio que ahora no se puede prestar en el punto convenido.
Que de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGCU), y dado que los concesionarios oficiales operan bajo la imagen, supervisión y licencia de la marca principal, la casa matriz o la red de distribución oficial asumen la responsabilidad directa ante el consumidor ante situaciones de cese de actividad sobre servicios prepagados vinculados a la garantía y mantenimiento del vehículo.
Por todo lo expuesto, mediante este escrito EXIJO:
1. La subrogación inmediata de dicho contrato de mantenimiento por parte de otro concesionario oficial de la red MG que se encuentre operativo en un radio geográfico razonable, garantizando la ejecución del tercer mantenimiento pendiente en las mismas condiciones económicas y técnicas estipuladas.
2. Subsidiariamente, en caso de no ser posible la reubicación del servicio en otro concesionario oficial, se proceda a la devolución ínterin del importe proporcional correspondiente al mantenimiento número tres que no va a poder ser prestado debido al cierre de los centros de MG ASIMCO.