Estimado Sr. Posada:
Hemos tenido conocimiento efectivo de su reclamación en el día de hoy, al haber sido remitida a una dirección de correo electrónico que actualmente no constituye nuestro canal habitual de atención. No obstante, procedemos desde este momento a atenderla y tramitarla con la debida diligencia.
Confirmamos que la incidencia correspondiente al primer colchón fue inspeccionada y posteriormente atendida mediante su sustitución el 28 de abril de 2026.
Respecto del colchón entregado en sustitución, comprendemos que usted manifiesta haber observado nuevamente determinadas irregularidades o hundimientos. No obstante, la documentación audiovisual remitida hasta ahora no ha permitido al Departamento de Calidad del fabricante confirmar técnicamente la existencia de un defecto de fabricación. Los vídeos muestran determinadas marcas u ondulaciones en el acolchado, pero no incorporan mediciones ni permiten determinar por sí solos su naturaleza, profundidad o posible carácter estructural.
Por este motivo, actualmente no existe una valoración técnica concluyente que permita aceptar o rechazar definitivamente la existencia de una falta de conformidad en el segundo colchón ni, en consecuencia, pronunciarse todavía sobre la resolución de la compraventa solicitada.
No nos oponemos a la comprobación presencial. Al contrario, consideramos necesario realizarla para resolver la reclamación de manera objetiva. Hemos solicitado al fabricante el procedimiento, los parámetros y las instrucciones técnicas aplicables y le hemos requerido una valoración especializada. Asimismo, solicitaremos que la inspección sea realizada por personal técnico del fabricante o, si este no facilita dicha intervención, valoraremos la participación de un profesional cualificado e independiente.
La inspección deberá comprender el estado general del colchón, las mediciones de la zona señalada, la comprobación de la base sobre la que se encuentra instalado y la documentación fotográfica de los resultados. Su realización no supone una aceptación anticipada del defecto ni una renuncia por su parte a la reclamación presentada.
Una vez recibidas las indicaciones técnicas y coordinada su disponibilidad en Alicante, le propondremos una fecha próxima para efectuar la comprobación. Tras ella recibirá una respuesta motivada por escrito y, si se acredita una falta de conformidad, se adoptará la medida que legalmente corresponda.
Lamentamos que la tramitación se haya prolongado y reiteramos nuestra disposición a completar esta comprobación y resolver la incidencia correctamente.
Atentamente,
Inmaculada García
Alleviare Sleep Planet Alicante
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El 26 ago 2026, a las 12:19, InmaG info@sleepplanetalicante.es escribió:
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