Datos de la reclamante:
Nombres: Lara Navas
Evento: Bilbao Triathlon 2025 (Modalidad contratada: HALF)
Fecha del evento: 28 de junio de 2025
Reclamación contra: Bilbao Triathlon + Inneventos
EXPONE:
Que habiendo contratado la inscripción para la modalidad HALF del Bilbao Triathlon 2025, y tras haber presentado reclamación previa a la organización con resultado insatisfactorio, solicitamos la intervención de la OCU ante las graves irregularidades y perjuicios sufridos, basados en los siguientes puntos:
1. Incumplimiento contractual y Modificación Unilateral (Art. 1091 CC y TRLGDCU): A menos de una hora del inicio de la prueba, la organización modificó unilateralmente el objeto del contrato, degradando la distancia de HALF a OLÍMPICA.
Esta decisión se tomó sin aviso previo razonable y sin ofrecer la opción de cancelación con reembolso.
Inexistencia de Fuerza Mayor: Según los registros de AEMET, no existía alerta oficial activa que justificara la anulación por seguridad en ese momento. Prueba de ello es que otras competiciones federadas (FETRI) se celebraron ese fin de semana bajo condiciones térmicas similares.
La organización retuvo el importe íntegro de la inscripción (precio de HALF), a pesar de ofrecer un servicio de menor coste logístico y duración (OLÍMPICA), lo cual constituye un enriquecimiento injusto.
2. Falta de Diligencia en la Seguridad y Daños Físicos (Art. 147 y ss TRLGDCU): La organización incumplió su deber de garantizar la seguridad de los participantes.
En la zona de transición (T2), el pavimento alcanzó temperaturas extremas previsibles dada la meteorología.
No se instalaron medidas preventivas básicas (como moqueta o riego), lo que provocó quemaduras de diversa consideración en los pies a ambas reclamantes. Esto demuestra una negligencia organizativa, ya que el riesgo era conocido y evitable.
3. Falta de Transparencia: La gestión del evento ha vulnerado el derecho a la información de los consumidores:
Ocultación de las listas de inscritos (antes y después).
Publicación tardía de resultados (semanas después).
Comunicación reactiva y nula justificación técnica de las decisiones tomadas.
4. Insuficiencia de la compensación ofrecida: La única respuesta de la empresa ha sido ofrecer un descuento del 50% para una futura edición. Esta oferta es rechazada por ser:
Desproporcionada: No cubre el daño económico ni moral sufrido.
Condicionada: Obliga a volver a contratar con una empresa que ha incumplido gravemente sus obligaciones.
SOLICITA:
Ante lo expuesto, solicitamos la mediación de la OCU para obtener de la organización:
El reembolso parcial inmediato: Correspondiente a la diferencia de precio de mercado entre una inscripción HALF y una OLÍMPICA, dado que el servicio pagado no fue el prestado.
Indemnización por daños y perjuicios: Por las lesiones físicas (quemaduras) sufridas debido a la negligencia en la seguridad de la T2, así como por los daños morales derivados de la gestión caótica del evento.