Anterior

ACOSO PACIENTE ONCOLÓGICA

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Financiación

Tu reclamación

M. R.

A: Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

16/06/2026

Estoy siendo víctima de un acoso y hostigamiento telefónico y digital constante e intimidatorio por parte de su departamento de recobros. Las comunicaciones se realizan a altas horas, de forma insistente (más de 10 llamadas y mensajes al día) e incluso contactando con mi entorno lfamiliar. Esta práctica de presión extrema está interfiriendo gravemente en mi salud. Actualmente me encuentro atravesando un delicado cuadro médico, paciente oncológica hepatobilial, encontrándome bajo tratamiento médico. El ejercicio del derecho de cobro de una deuda no ampara bajo ningún concepto prácticas que atenten contra mi dignidad, intimidad personal y familiar, y mi integridad física y moral, tipificadas en el artículo 18 de la Constitución Española. Además, cualquier llamada a terceros de mi agenda vulnera la normativa de protección de datos.SOLICITO:El cese inmediato de las llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos y cualquier otra vía de comunicación intimidatoria, tanto a mi persona como a mi entorno. Interpondremos una demanda por la vía penal por el daño físico y psicológico causado mientras lucho contra esta enfermedad. Aportarnos todos los informes y pruebas hospitalarias.

Mensajes (7)

M. R.

A: Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

26/06/2026

Siguen las llamadas, el hostigamiento, llamadas a las 22.00, 23.00 de la noche. Llamadas a una persona ingresada en un hospital con tratamiento oncológico. Todo irá al juzgado por las amenazas, la inhumanidad, el trato recibido aún rogando tranquilidad ante tan delicada situación.

M. R.

A: Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

29/06/2026

Si lo hacen. Han dado mis datos a empresas de recobro, aún sabiendo ustedes de mi situación tan delicada de salud y en un hospital con tratamiento oncologico y psiquiátrico, y estos en su nombre no paran el hostigamiento , las amenazas, el acoso... De hecho, y consta como prueba, en viernes 26 de junio desde las 22.00 a las 23.00 horas, fueron los mismos sanitarios del Hospital Virgen del Rocío de Sevilla quienes contestaron a la llamada y al escucharles colgaron. Se personarán como testigos ante el trato recibido por ustedes y esas empresas con las que trabajan. Un trato que hace tiempo dejó de llamarse inhumano. Es despiadado, cruel, donde la vida humana de una persona (que lucha literalmente por su vida) deja de tener valor. Todo irá documentado, con pruebas y testigos

Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

A: M. R.

29/06/2026

Estimado cliente, En caso de que desee presentar o gestionar una reclamación contra la entidad, tiene a su disposición las siguientes opciones: Puede contactar con el soporte electrónico reclamaciones@quebueno.es, adjuntando la documentación correspondiente para su solicitud, incluyendo su DNI y una foto del mismo por ambas caras, o bien enviar una carta certificada con la misma documentación a la siguiente dirección postal: Carrer Jordi Girona, 29 1B, 08034 – Barcelona La entidad atenderá su reclamación con la mayor cordialidad y dentro del plazo legal escido para dar respuesta, asegurando que se gestionará de manera diligente. Real Decreto Legislativo 1/2007. Artículo 21. Régimen de comprobación y servicios de atención al cliente “2. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente que las empresas pongan a disposición del consumidor y usuario deberán asegurar que éste tenga constancia de sus quejas y reclamaciones, mediante la entrega de una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero. Si tales servicios utilizan la atención telefónica o electrónica para llevar a cabo sus funciones deberán garantizar una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos. Se deberán identificar claramente los servicios de atención al cliente en relación a las otras actividades de la empresa, prohibiéndose expresamente la utilización de este servicio para la utilización y difusión de actividades de comunicación comercial de todo tipo. En caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior al coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar. En el supuesto de utilizarse, de acuerdo con el párrafo anterior, una línea telefónica de tarificación especial que suponga un coste para el consumidor o usuario, el empresario facilitará al consumidor, junto con la información sobre dicha línea telefónica de tarificación especial y en igualdad de condiciones, información sobre un número geográfico o móvil alternativo. No obstante, lo anterior, en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito. A estos efectos, tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen. 3. En todo caso, y con pleno respeto a lo dispuesto en los apartados precedentes, los empresarios pondrán a disposición de los consumidores y usuarios información sobre la dirección postal, número de teléfono, fax, cuando proceda, y dirección de correo electrónico en los que el consumidor y usuario, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre los bienes o servicios ofertados o contratados. Los empresarios comunicarán además su dirección legal si esta no coincidiera con la dirección habitual para la correspondencia. Los empresarios deberán dar respuesta a las reclamaciones recibidas en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la reclamación.” Atentamente, El Equipo QuéBueno www.quebueno.es Ilenia QB Con la tecnología de Intercom El Fri, Jun 26, 2026 a las 23:45 PM, reclamar@ocu.org escribió:

M. R.

A: Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

07/07/2026

Buenas tardes. Estoy siendo víctima de un acoso y hostigamiento telefónico y digital constante e intimidatorio por parte de su departamento de recobros. Las comunicaciones se realizan a altas horas, de forma insistente (más de 10 llamadas y mensajes al día) e incluso contactando con mi entorno familiar. Esta práctica de presión extrema está interfiriendo gravemente en mi salud. Actualmente me encuentro atravesando un delicado cuadro médico, paciente oncológica hepatobilial, encontrándome bajo tratamiento médico. Les dije a sus clientes que bajo firma ante Notario enviaría todos los infornes del hospital Virgen del Rocío, Sevilla. He rogado a sus clientes, suplicado, que me dejen descansar, que me dejen sobrellevar mi grave estado de salud. Que tuviesen respeto y comprensión, y su respuesta ha sido y está siendo inhumana. Vamos a llevar al Juzgado todas las pruebas del acoso, del hostigamiento, junto con mis informes médicos tanto hepatobiliar cómo psiquiátrico. Testigos como mi cirujano, oncólogo, que están al tanto de ello y han hecho un informe exhaustivo de como sus prácticas han empeorado mi salud por culpa del estrés. El ejercicio del derecho de cobro de una deuda no ampara bajo ningún concepto prácticas que atenten contra mi dignidad, intimidad personal y familiar, y mi integridad física y moral, tipificadas en el artículo 18 de la Constitución Española. Además, cualquier llamada a terceros de mi agenda vulnera la normativa de protección de datos. SOLICITO: El cese inmediato de las llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos y cualquier otra vía de comunicación intimidatoria, tanto a mi persona como a mi entorno. Interpondremos una demanda por la vía penal por el daño físico y psicológico causado mientras lucho contra esta enfermedad. Aportarnos todos los informes y pruebas hospitalarias. Esta reclamación es pública. En cuanto pueda salir del hospital iré al juzgado y aportaré todo lo que me han hecho.

Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

A: M. R.

07/07/2026

Buenos días, Le informamos que se encuentra en el último paso de su solicitud. Es necesario registrar su usuario y contraseña de banca online. Hasta que este paso no se complete, su solicitud no podrá ser evaluada por el Departamento de Riesgo. Le recomendamos salir de su perfil de cliente, esperar aproximadamente 10 minutos y volver a acceder. Hemos verificado que no existe ninguna incidencia que impida finalizar este paso. Debido a que se trata de datos personales e intransferibles, no podemos proporcionar asistencia en este proceso, ya que corresponden únicamente al cliente y a su entidad bancaria. Quedamos a la espera de que complete el formulario para poder informarle sobre la aceptación o denegación de su solicitud. Atentamente, El Equipo QuéBueno www.quebueno.es Ilenia QB Con la tecnología de Intercom El Tue, Jul 07, 2026 a las 03:45 AM, reclamar@ocu.org escribió:

M. R.

A: Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

07/07/2026

De qué están hablando? Ustedes han leído mi último mensaje más arriba? Qué pasos? Si los he denunciado públicamente aqui en la ocu, y cuando pueda salir del hospital lo haré en el juzgado.

Quebueno. NBQ Technology, S.A.U.

A: M. R.

07/07/2026

Estimado cliente, En caso de que desee presentar o gestionar una reclamación contra la entidad, tiene a su disposición las siguientes opciones: Puede contactar con el soporte electrónico reclamaciones@quebueno.es, adjuntando la documentación correspondiente para su solicitud, incluyendo su DNI y una foto del mismo por ambas caras, o bien enviar una carta certificada con la misma documentación a la siguiente dirección postal: Carrer Jordi Girona, 29 1B, 08034 – Barcelona La entidad atenderá su reclamación con la mayor cordialidad y dentro del plazo legal escido para dar respuesta, asegurando que se gestionará de manera diligente. Real Decreto Legislativo 1/2007. Artículo 21. Régimen de comprobación y servicios de atención al cliente “2. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente que las empresas pongan a disposición del consumidor y usuario deberán asegurar que éste tenga constancia de sus quejas y reclamaciones, mediante la entrega de una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel o en cualquier otro soporte duradero. Si tales servicios utilizan la atención telefónica o electrónica para llevar a cabo sus funciones deberán garantizar una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos. Se deberán identificar claramente los servicios de atención al cliente en relación a las otras actividades de la empresa, prohibiéndose expresamente la utilización de este servicio para la utilización y difusión de actividades de comunicación comercial de todo tipo. En caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior al coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar. En el supuesto de utilizarse, de acuerdo con el párrafo anterior, una línea telefónica de tarificación especial que suponga un coste para el consumidor o usuario, el empresario facilitará al consumidor, junto con la información sobre dicha línea telefónica de tarificación especial y en igualdad de condiciones, información sobre un número geográfico o móvil alternativo. No obstante, lo anterior, en los supuestos de servicios de carácter básico de interés general, las empresas prestadoras de los mismos deberán disponer, en cualquier caso, de un teléfono de atención al consumidor gratuito. A estos efectos, tendrán la consideración de servicios de carácter básico de interés general los de suministro de agua, gas, electricidad, financieros y de seguros, postales, transporte aéreo, ferroviario y por carretera, protección de la salud, saneamiento y residuos, así como aquellos que legalmente se determinen. 3. En todo caso, y con pleno respeto a lo dispuesto en los apartados precedentes, los empresarios pondrán a disposición de los consumidores y usuarios información sobre la dirección postal, número de teléfono, fax, cuando proceda, y dirección de correo electrónico en los que el consumidor y usuario, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre los bienes o servicios ofertados o contratados. Los empresarios comunicarán además su dirección legal si esta no coincidiera con la dirección habitual para la correspondencia. Los empresarios deberán dar respuesta a las reclamaciones recibidas en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la reclamación.” Atentamente, El Equipo QuéBueno www.quebueno.es Marcos QB Con la tecnología de Intercom El Tue, Jul 07, 2026 a las 13:16 PM, reclamar@ocu.org escribió:


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma