Hola, al reservar entradas te hacen aceptar lo siguiente: No se permitirá el acceso con alimentos y/o bebidas adquiridos en el exterior de nuestras instalaciones de acuerdo con el DOGC 112/2010, de 31 de agosto, en el que se regulan las actividades de ocio donde en el artículo 49.2, que hace referencia a la comida, la ley dictamina que: Las personas titulares o las personas organizadoras, mediante el ejercicio del derecho de admisión, de acuerdo con las prescripciones de este Reglamento, pueden prohibir al público que introduzca alimentos o bebidas adquiridos fuera de los respectivos establecimientos o espacios abiertos al público.Se trata de un abuso en la ley de admisión, dado que la actividad principal del CIne, en este caso los Full Hd de Cornellá, es vender la entrada para la película, no la comida con sobreprecio que te intentan colar dentro. Según Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias dice en su artículo 82, el apartado primero indica que son abusivas aquellas estipulaciones que generen «un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato».Por lo que denuncio para que retiren esta clausula abusiva, y dejen de intimidar a la gente que lleva sus snacks al cine.un saludo