Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes porque deseo presentar una queja y reclamación contra la organización del festival Lingua Urbana que utiliza las pulseras Cashless como único medio de pago en el recinto. En concreto, denuncio:
- La imposición de las pulseras Cashless como único medio de pago, lo que supone una infracción del artículo 47.1 ñ) de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, introducido por el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre. Esta norma establece que constituye infracción la negativa a aceptar el pago en efectivo dentro de los límites legales.
- El cobro de una comisión de 1,50 euros para la devolución de los importes sobrantes de dichas pulseras, lo que constituye una práctica abusiva en virtud del artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, al suponer un enriquecimiento injusto de la organización en perjuicio de los consumidores.
SOLICITO que la OCU estudie el caso, proceda a iniciar las acciones pertinentes para que se devuelva a los consumidores el importe sobrante de las pulseras sin la aplicación de la comisión de 1,50 euros y que se adopten medidas frente a estas prácticas consideradas abusivas e ilegales.
Sin otro particular, atentamente.