Tu reclamación
A. C.
A: Mc Donald's
Como consumidor/a y participante de la promoción "Monopoly" de McDonald’s España, acumulé de forma legítima un saldo total de 330 billetes MONI en mi monedero virtual de la aplicación oficial mediante la compra regular de sus productos. Con este saldo, podría haber optado a múltiples premios del catálogo según las tablas de puntos informadas por la empresa. Mi objetivo prioritario era el "Álbum de fotos apaisado grande de Hofmann".Sin embargo, el proceso de canje directo de cualquier artículo resultó materialmente imposible para un usuario humano, vulnerando los derechos básicos de los consumidores debido a las siguientes irregularidades constatadas:Falta absoluta de transparencia en el stock real diario: A pesar de conectarme de forma sistemática antes de la hora oficial de renovación (accediendo a la aplicación desde las 11:58 h), los premios pasan de la opción "Próximamente" a mostrar de forma instantánea el mensaje de error: “¡Nos hemos quedado sin unidades! ¡Alguien se te ha adelantado...” en el segundo cero del cambio de hora (12:00:00 h).Indefensión frente a sistemas automatizados (Bots): El sistema informático de la aplicación de McDonald's no cuenta con medidas de seguridad eficaces (como captchas obligatorios previos al botón de canje) que garanticen la igualdad de condiciones entre los consumidores físicos y los scripts informáticos automatizados que saturan el servidor.Pérdida de oportunidad y desvío forzado a sorteos: Ante la imposibilidad absoluta de acceder a los premios directos a los que legítimamente tenía derecho por mi puntuación, el sistema empuja de forma deliberada al usuario a consumir sus puntos en participaciones de sorteos aleatorios para evitar que el saldo caduque a cero. Ante esta situación de indefensión, me vi obligado/a a gastar 100 puntos MONI en dicha rifa al ser la única opción operativa en la aplicación, quedando mi saldo actual en los 230 puntos MONI que se muestran en las capturas adjuntas. Esto constituye una práctica abusiva, ya que el consumidor realizó un desembolso económico bajo el incentivo de un intercambio directo (puntos por regalo seguro) y no para adquirir papeletas de una rifa.Petición:Solicito la mediación de la OCU ante McDonald's España para que:Se realice una auditoría informática externa e independiente del registro de transacciones (logs) del servidor para verificar la disponibilidad real de los premios en los segundos posteriores a las 12:00 h.Se exija a la empresa la compensación directa mediante un código de descuento equivalente al valor comercial del Álbum Hofmann o la entrega del mismo, restituyendo el valor comercial del saldo inicial de 330 MONI desvalorizado por la falta de existencias de la plataforma antes del cierre definitivo de la promoción el 4 de septiembre.
Mensajes (1)
Mc Donald's
A: A. C.
Estimado/a cliente: Le agradecemos que se haya puesto en contacto con nosotros y que nos haya trasladado detalladamente las circunstancias relacionadas con su participación en la promoción“Monopoly Moni de McDonald's 2026”. Hemos analizado el contenido de su reclamación, en la que manifiesta haber acumulado un saldo de 330 billetes MONI y haber experimentado dificultades para acceder al canje de determinados premios, en particular al premio denominado “Álbum de fotos apaisado grande de Hofmann”, así como sus observaciones relativas a la disponibilidad de los premios, el funcionamiento de la aplicación y la utilización posterior de parte de su saldo MONI en la mecánica de sorteos. En relación con las cuestiones planteadas, nos gustaría trasladarle las siguientes consideraciones: 1. Sobre la disponibilidad de los premios de la mecánica “Monopoly Moni” Las Bases Notariales de la promoción, las cuales fueron protocolizadas con fecha 17 de julio de 2026 ante el Notario de Madrid Don Luis Enrique García Labajo (constando al nº 2.230 de su Protocolo) escen expresamente en la Base Quinta que los premios asociados a los billetes MONI se ofrecen mediante Catálogos Semanales de Premios publicados los martes y viernes, a partir de las 12:00 horas, existiendo para cada premio un número determinado y limitado de unidades. La posibilidad de solicitar un premio concreto depende necesariamente de que existan unidades disponibles en el momento en que la solicitud de canje sea procesada por el sistema. Asimismo, las Bases indican que aquellos premios no canjeados en semanas anteriores permanecen disponibles para semanas sucesivas hasta que se agoten todas las unidades ofertadas o finalice el periodo de validez del saldo MONI. En ningún apartado de las Bases se esce un mecanismo de reposición automática o ilimitada de premios una vez agotadas las unidades disponibles. Por ello, la circunstancia de disponer del saldo MONI suficiente para optar a un determinado premio no supone, conforme a las Bases, una reserva previa ni garantiza su obtención, ya que la adjudicación depende de la disponibilidad efectiva de unidades en el momento de tramitarse la solicitud de canje, según los Catálogos Semanales de Premios contenidos, como hemos indicado, en la Base Quinta en relación con la Cuarta, apartado B (páginas 28 a 33, ambas inclusive y en sus Anexos II y III). 2. Sobre la alegada imposibilidad material de acceso a los premios Lamentamos sinceramente la frustración que describe en relación con sus intentos de canje. No obstante, debemos señalar que la promoción despertó un elevado interés entre los usuarios de la aplicación, produciéndose numerosos intentos de acceso simultáneo en los momentos de publicación de los Catálogos Semanales de Premios. Conforme al diseño previsto en las Bases, las solicitudes de canje se procesan por orden temporal de recepción y validación por el sistema. El hecho de que un premio aparezca agotado poco después de habilitarse su solicitud no constituye, por sí mismo, una evidencia de inexistencia de stock ni de funcionamiento irregular de la promoción, sino que puede responder al agotamiento de las unidades ofertadas mediante solicitudes anteriores correctamente procesadas por el sistema. 3. Sobre las manifestaciones relativas al uso de sistemas automatizados (“bots”) Respecto a la hipótesis planteada sobre una eventual utilización de sistemas automatizados por terceros participantes, debemos indicarle que las Bases de la promoción excluyen expresamente la participación de personas o grupos que actúen de forma concertada o mediante sistemas automatizados, reservándose la Promotora las facultades de verificación y control previstas en dichas Bases. En consecuencia, entendemos que la falta de disponibilidad de un determinado premio se deba a actuaciones automatizadas, ni que exista una vulneración acreditada de las condiciones de igualdad entre participantes, sino, como ya hemos indicado, al elevado volumen de participación registrado durante la promoción y al hecho de que algunos premios de mayor demanda se han podido agotar en breve espacio de tiempo tras su publicación en la aplicación. Asimismo, y en relación con las manifestaciones contenidas en su escrito respecto de la disponibilidad real de los premios ofertados, debemos indicarle que la Promotora dispone de registros técnicos completos de la promoción, incluyendo las solicitudes de canje correctamente procesadas por el sistema y la identificación de los usuarios que resultaron adjudicatarios de los distintos premios ofertados en la mecánica “Monopoly Moni”. Estos registros permiten verificar la efectiva adjudicación de los premios conforme al orden temporal de las solicitudes válidamente tramitadas. No obstante, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, letra f), del Reglamento General de Protección de Datos (principio de integridad y confidencialidad) no resulta posible facilitar a terceros información individualizada relativa a otros participantes ni los datos asociados a sus solicitudes de canje. La información que obra en poder de la Promotora se encuentra disponible para su comprobación por las autoridades competentes cuando resulte legalmente procedente. 4. Sobre la utilización de billetes MONI en la mecánica de sorteos También hemos tomado nota de sus observaciones relativas al uso de 100 MONI para participar en uno de los sorteos habilitados durante la promoción. No obstante, la participación en dichos sorteos constituía una mecánica independiente prevista expresamente dentro de la promoción, cuya utilización era voluntaria para cada participante. La decisión de destinar parte del saldo MONI acumulado a esta modalidad de participación no alteraba las condiciones de acceso a los premios incluidos en los Catálogos Semanales de Premios ni suponía la sustitución de éstos por sorteos aleatorios. 5. Sobre la solicitud de compensación Comprendemos su disconformidad por no haber podido obtener el premio concreto que deseaba canjear. Sin embargo, una vez revisada la información disponible y las condiciones que regulaban la promoción, no apreciamos incumplimiento de las Bases que justifique la entrega del citado premio ni la concesión de una compensación económica comercial equivalente a su valor comercial. En todo caso, agradecemos sinceramente el tiempo dedicado a trasladarnos su experiencia y sus sugerencias de mejora respecto al funcionamiento de futuras promociones, las cuales serán tenidas en consideración en nuestros procesos de evaluación interna. Lamentamos no poder ofrecerle una respuesta más favorable a sus intereses y aprovechamos la ocasión para agradecer su participación en la promoción. Todo ello sin perjuicio del derecho que le asiste de acudir a las autoridades u organismos de consumo, administrativos o judiciales que estime oportunos para la defensa de sus intereses. Reciba un cordial saludo, Atentamente, Servicio de Atención al Cliente de McDonald's Conforme el Reglamento 2016/679 Europeo de Protección de Datos, queda informado que sus datos serán tratados por Restaurantes McDonald’s, S.A.U., con domicilio en C/ Basauri, 17, Edificio Oasis- Módulo B – 1ª Planta; 28023 Madrid (España); con la finalidad única y exclusivamente de atender y gestionar sus consultas, quejas y sugerencias. Asimismo, le informamos que en el supuesto de que su consulta/queja/sugerencias se refiera a un franquiciado de McDonald’s le comunicaremos sus datos para poder atender la solicitud. En cualquier momento, como persona titular de sus datos, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo su solicitud a UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A., que actúa como encargado de tratamiento, al siguiente domicilio: Calle de Emilio Muñoz, 9, 28037 Madrid (España); o bien al correo electrónico atencionconsumidor@es.mcd.com bajo el asunto de “Protección de datos”. Puede consultar información adicional sobre la política de privacidad de atención al cliente en s:mcdonalds.es/documentos/documento-de-politica-de-privacidad-atencion-cliente.
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