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Premio ganado, no entregado

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Tu reclamación

S. G.

A: Mc Donald's

29/09/2026

Durante la promoción “MONOPOLY MONI de McDonald’s 2026”, a finales del mes de agosto de 2026, obtuve mediante la mecánica de premio instantáneo una “RIÑONERA COCA-COLA®”. Tras obtener el premio, este quedó correctamente registrado en mi cuenta de la aplicación de McDonald’s, donde continúa apareciendo actualmente como un premio pendiente de canje. Me dirigí al restaurante McDonald’s situado en Nassica (Getafe) para proceder a su canje. En dicho establecimiento me informaron de que no disponían de existencias de riñoneras y que, por este motivo, no podían entregarme el premio. Ante esta situación, presenté en repetidas ocasiones reclamaciones a través de la aplicación de McDonald’s, explicando la imposibilidad de canjear el premio. Hasta la fecha no he recibido respuesta ni solución alguna. Asimismo, volví personalmente al restaurante en varias ocasiones. En dichas visitas expliqué que las propias bases legales de la promoción contemplan expresamente el supuesto de falta de disponibilidad del merchandising e incluso mostré al personal dichas bases. No obstante, el establecimiento se negó a ofrecerme solución alguna: ni facilitar posteriormente la riñonera, ni proporcionarme el justificante previsto en las bases, ni ofrecerme un producto alternativo de valor equivalente o superior —por ejemplo, un producto McDonald’s—. Se me indicó simplemente que las riñoneras estaban agotadas y que no podían hacer nada. En consecuencia, sigo disponiendo en la aplicación de McDonald’s del premio instantáneo que obtuve legítimamente, pero me resulta imposible hacerlo efectivo por causas completamente ajenas a mí. Fundamentos de la reclamación Las bases legales de la promoción establecen expresamente que existen 200.000 premios instantáneos “RIÑONERA COCA-COLA®” y señalan que se accede a ellos «exclusivamente a través de una etiqueta de Premio Instantáneo». Asimismo, especifican que cada premio consiste en una riñonera promocional representada por un código en la aplicación de McDonald’s, canjeable hasta el 5 de octubre de 2026 en los restaurantes participantes. Por tanto, considero importante distinguir este supuesto de la mecánica denominada “MONOPOLY MONI”, en la que determinados premios sí se encuentran sujetos a disponibilidad y a un número limitado de unidades semanales. Mi riñonera no procede del canje de MONI sujeto a disponibilidad, sino que fue obtenida directamente como premio instantáneo, quedando registrada como tal en mi aplicación. Además, la Base Quinta, apartado E, relativa específicamente al “MERCHANDISING COCA-COLA®”, incluye expresamente entre los premios la etiqueta de premio instantáneo “RIÑONERA COCA-COLA®” (200.000 premios). Las bases establecen que, una vez registrado el código, la aplicación registra la etiqueta física ganadora y el premio queda vinculado a la cuenta del usuario para poder canjear el regalo promocional en un restaurante participante antes de su caducidad. Pero, sobre todo, las propias bases regulan expresamente qué debe suceder cuando el restaurante no dispone del regalo en el momento del canje: «Si en el momento de solicitar el canje de estos regalos en el Restaurante no existiera disponibilidad por haberse agotado o por causa de fuerza mayor, el/la agraciado/a recibirá un justificante sellado del Restaurante y será emplazado para volver en los próximos días a recoger el regalo. Alternativamente, y de estar conforme el/la agraciado/a, el regalo podrá ser sustituido por otro similar de idéntico o mayor valor.» Así lo establece expresamente la Base Quinta para los regalos de merchandising Coca-Cola. En mi caso no se ha aplicado ninguna de las soluciones previstas en las propias bases de la promoción. No se me entregó la riñonera; tampoco se me facilitó un justificante sellado para recogerla posteriormente; ni, contando con mi conformidad, se me ofreció otro regalo similar de idéntico o mayor valor. La mera indicación de que «no quedan riñoneras» no parece, por tanto, una solución compatible con las condiciones publicadas por la propia empresa, ya que las bases contemplan específicamente el agotamiento de existencias en el restaurante y establecen el procedimiento que debe seguirse precisamente en esa situación. Adicionalmente, las bases establecen que, si excepcionalmente y por causa de fuerza mayor la Promotora no pudiera entregar alguno de los regalos previstos, podrá sustituirlo por otro producto de similar naturaleza y valor. ------------------- Por todo ello, SOLICITO que se tramite la presente reclamación y se inste a McDonald’s a cumplir las condiciones de su promoción, procediendo a: Entregarme la riñonera Coca-Cola correspondiente al premio instantáneo obtenido; o, si su entrega ya no resultase posible, proporcionarme, con mi conformidad, un regalo similar de idéntico o mayor valor, conforme a lo establecido en las propias bases de la promoción. Solicito asimismo que se tenga en consideración que intenté reiteradamente obtener y canjear el premio dentro del periodo establecido, tanto presencialmente en el restaurante como mediante reclamaciones realizadas a través de la aplicación de McDonald’s, por lo que la eventual expiración posterior del vale no debería perjudicarme cuando la imposibilidad de canje se ha producido por falta de existencias y por no haberse aplicado las soluciones previstas en las propias bases. ---------------------- Como documentación acreditativa puedo aportar las bases legales de la promoción, y captura de pantalla de la aplicación de McDonald’s en la que continúa figurando el premio.


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