Por la presente, me dirijo a ustedes para interponer una reclamación formal en relación con un cupón adquirido en la plataforma
UNCOVERCITY en fecha de 17 de enero de 2026, correspondiente a la experiencia gastronómica UncoverÑAM para 4 personas, por un
importe de 280 €.
Con fecha de 18 de mayo de 2026, procedí a solicitar el canje del citado bono dentro del periodo de validez legal del mismo.
La empresa Uncovercity denegó de forma expresa la prestación del servicio contratado, manifestando textualmente en la comunicación
escrita lo siguiente:
"Queremos informarte con transparencia de que Uncovercity se encuentra en un proceso de cierre ordenado de su actividad.
La disponibilidad de fechas se ha agotado y en este momento no podemos confirmar nuevos canjes.
Entendemos perfectamente la preocupación y el malestar que esta situación puede generar. Estamos trabajando con nuestros asesores
para ordenar la situación de la forma más responsable posible y centralizar todas las comunicaciones por una única vía.
Cualquier comunicación relacionada con experiencias pendientes deberá realizarse exclusivamente a través de este correo
(hola@uncovercity.com).
En cuanto exista una vía formal adicional y podamos comunicar nuevos pasos, informaremos por este email (hola@uncovercity.com).
Estamos trabajando en buscar la mejor solución posible para los clientes con bonos pendientes de canjeo.
De parte de todo el equipo de Uncovercity, sentimos muchísimo la situación. "
Considero que la postura de la empresa vulnera de forma flagrante la normativa de defensa de los consumidores, incurriendo en un
flagrante incumplimiento contractual y generando una situación de desprotección y perjuicio económico hacia mi persona como
consumidor final.
Por todo lo expuesto, solicito que se admita a trámite el presente escrito y
realice las gestiones de mediación oportunas ante UNCOVERCITY, S.L. a fin de obtener:
La habilitación inmediata del cupón para poder disfrutar de la experiencia gastronómica originalmente contratada.
en caso de que la empresa manifieste la imposibilidad material de prestar el servicio, se le obligue a efectuar el reembolso íntegro del
importe abonado (280 €) por el mismo canal en el que se realizó el pago.
En Madrid, a 01 de septiembre de 2026.