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Imposible el canje de premios de la promoción Monopoly McDonald's

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

J. D.

A: Mc Donald's

12/09/2026

Presento esta reclamación contra Restaurantes McDonald's, S.A.U. por el incumplimiento de las condiciones de su campaña comercial «Monopoly McDonald's», así como por la imposibilidad real de canjear los puntos obtenidos mediante consumo. ​He participado activamente en dicha promoción a través de la aplicación oficial y cuento con un saldo acumulado de 620 «monys», obtenidos tras realizar compras periódicas en sus establecimientos bajo la promesa de poder canjearlos por premios del catálogo. En las propias bases de la promoción y en la aplicación se indica explícitamente que el stock de premios se recarga todos los martes a las 12:00 del mediodía. ​Sin embargo, tras conectarme de forma puntual en repetidas ocasiones los martes a las 12:00 h, he comprobado que dicha reposición no se produce. Los productos continúan apareciendo como agotados de forma sistemática e inmediata, impidiéndome hacer uso de los puntos que legítimamente he acumulado con mi gasto. ​No se trata de un problema puntual de mi cuenta, sino de una irregularidad que afecta a multitud de usuarios, tal y como han documentado medios como Consumidor Global (https://www.consumidorglobal.com/ocio-entretenimiento/premios-monopoly-mcdonald-agotados-la-promocion-es-enganosa_20205_102_amp.html). Ofrecer incentivos de compra vinculados a unas condiciones de recarga que después no se cumplen vulnera la normativa básica de consumo y publicidad (artículos 8 y 61 del RDL 1/2007 de Defensa de los Consumidores y Usuarios), al inducir a un gasto bajo expectativas que la empresa no satisface. ​Por ello, solicito a McDonald's que cumpla lo publicitado y garantice de inmediato la disponibilidad real de stock para poder canjear mis 620 monys en las condiciones ofertadas. En caso de no poder suministrar los artículos por falta de existencias, exijo una compensación equivalente al valor de dichos puntos (ya sea en productos de restauración, saldo monedero o cupones de compra). Adjunto capturas de pantalla de la aplicación donde figuran mi saldo acumulado.

Mensajes (3)

Mc Donald's

A: J. D.

15/09/2026

Estimado/a cliente: Gracias por ponerse en contacto con nosotros y por trasladarnos sus comentarios en relación con la promoción MONOPOLY MONI de McDonald's 2026. Hemos analizado detenidamente su reclamación y lamentamos la percepción de falta de disponibilidad de los premios que nos describe. No obstante, debemos informarle de que la promoción se ha desarrollado de conformidad con las Bases Legales Notariales que la regulan. En particular, dichas bases escen expresamente que los premios asociados a la mecánica MONOPOLY MONI están sujetos a un número limitado de unidades y que su adjudicación depende de la disponibilidad existente en el momento en que la solicitud de canje es correctamente procesada por el sistema. Asimismo, las Bases prevén la publicación de Catálogos Semanales de Premios los martes y los viernes a partir de las 12:00 horas, indicando para cada premio el número de unidades disponibles y el saldo MONI necesario para solicitar su canje. Estos extremos aparecen recogidos de forma expresa en la Base Cuarta, apartado B, y en los anexos correspondientes de las Bases de la promoción. Comprendemos que usted y otros participantes pudieran permanecer conectados a la aplicación antes de las 12:00 horas y percibir que determinados premios aparecían como “agotados” tanto antes como después de esa hora. A este respecto, debemos señalar que, hasta la publicación efectiva del nuevo catálogo, la aplicación mostraba los premios correspondientes al catálogo vigente hasta ese momento. Por tanto, los premios que figuraban como agotados podían corresponder al catálogo anterior, cuyas unidades ya habían sido adjudicadas durante el periodo de canje correspondiente. Tal y como escen las Bases de la promoción, los nuevos catálogos quedaban disponibles para los participantes a partir de las 12:00:00 horas de los martes y viernes. Desde ese momento, los premios incluidos en cada nuevo catálogo podían ser solicitados por cualquier participante que dispusiera del saldo MONI necesario. Entendemos que la elevada demanda generada por determinados premios pudiera dificultar la obtención de algunos de ellos. Sin embargo, el hecho de que un premio pudiera agotarse en un breve espacio de tiempo no permite concluir que las unidades anunciadas no hubieran sido efectivamente puestas a disposición de los participantes ni que existiera un incumplimiento de las Bases de la promoción. Como sucede en otras promociones con premios especialmente demandados, las solicitudes de canje pueden concentrarse de forma muy intensa en los primeros instantes de disponibilidad, provocando el rápido agotamiento de las unidades asignadas para ese catálogo concreto. Asimismo, en relación con la disponibilidad efectiva de los premios y su adjudicación, le informamos de que la Promotora dispone de registros técnicos relativos a las solicitudes de canje y a las adjudicaciones realizadas a través de la aplicación. Dichos registros permiten verificar el correcto funcionamiento de la mecánica promocional y acreditar las adjudicaciones efectuadas conforme a las Bases de la promoción. Igualmente, esta información puede ser puesta a disposición de las autoridades competentes en caso de requerimiento formal. Por todo lo anterior, no apreciamos un incumplimiento de las condiciones de la promoción ni de la información facilitada a los participantes. Del mismo modo, la acumulación de MONIs, incluido el saldo de 620 MONIs que indica en su escrito, no genera un derecho adquirido a la obtención de un premio concreto ni a percibir una compensación económica equivalente a dicho saldo, siendo aplicables en todo caso las condiciones de disponibilidad y adjudicación previstas en las Bases. Agradecemos sinceramente su participación en la promoción y tomamos nota de sus observaciones, que serán trasladadas a los departamentos responsables para su consideración en futuras iniciativas promocionales. Reciba un cordial saludo, Atentamente, Servicio de Atención al Cliente de McDonald's Conforme el Reglamento 2016/679 Europeo de Protección de Datos, queda informado que sus datos serán tratados por Restaurantes McDonald’s, S.A.U., con domicilio en C/ Basauri, 17, Edificio Oasis- Módulo B – 1ª Planta; 28023 Madrid (España); con la finalidad única y exclusivamente de atender y gestionar sus consultas, quejas y sugerencias. Asimismo, le informamos que en el supuesto de que su consulta/queja/sugerencias se refiera a un franquiciado de McDonald’s le comunicaremos sus datos para poder atender la solicitud. En cualquier momento, como persona titular de sus datos, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo su solicitud a UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A., que actúa como encargado de tratamiento, al siguiente domicilio: Calle de Emilio Muñoz, 9, 28037 Madrid (España); o bien al correo electrónico atencionconsumidor@es.mcd.com bajo el asunto de “Protección de datos”. Puede consultar información adicional sobre la política de privacidad de atención al cliente en s:mcdonalds.es/documentos/documento-de-politica-de-privacidad-atencion-cliente.

J. D.

A: Mc Donald's

15/09/2026

En respuesta a sus alegaciones con fecha 15/09/2026, manifiesto mi total disconformidad con los argumentos expuestos y no acepto el cierre de esta reclamación. ​Sobre la «percepción del cliente» frente a la realidad operativa: Calificar la imposibilidad de canje como una mera «percepción» desvirtúa la realidad técnica y fáctica vivida por miles de participantes. No se trata de acceder tarde o de consultar un catálogo desactualizado; las comprobaciones se han realizado de forma concurrente y mediante refresco activo de la aplicación en el segundo exacto fijado por sus bases (12:00:00 h), manteniéndose el estado de «agotado» de forma invariable e instantánea. ​Proporcionalidad y transparencia en el volumen de existencias: Sus bases notariales contemplan la limitación de existencias, pero omiten un principio elemental de la legislación de consumo: la proporcionalidad. Promocionar de forma masiva la acumulación de «monys» ligada a un gasto dinerario real para luego habilitar un volumen de existencias tan insignificante que resulta materialmente inaccesible para la inmensa mayoría de usuarios constituye una práctica comercial desleal por inducción a error y publicidad señuelo (arts. 5, 7 y 20 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal). ​Solicitud de datos concretos y trazabilidad: Afirman disponer de registros técnicos y auditorías que acreditan el correcto funcionamiento y adjudicación. Dado que este es un canal público de mediación donde se dirime la transparencia hacia el consumidor, les requiero formalmente a que aporten en este expediente: ​El número exacto de unidades físicas puestas a disposición de los usuarios en la recarga del martes 08/09/2026 y del viernes 11/09/2026 a las 12:00:00 h para los artículos canjeables en el rango de mis 620 monys. ​El tiempo exacto (en segundos o milisegundos) en el que consta registralmente que dichas unidades quedaron agotadas. ​Persistencia en la pretensión: La acumulación de 620 monys no es una concesión gratuita; es la contraprestación a compras reiteradas incentivadas por su publicidad. Reitero mi exigencia de que se habilite una alternativa de canje efectiva o una compensación proporcional (mediante productos de restauración o saldo en la propia app) por el saldo acumulado que sus deficiencias de disponibilidad impiden disfrutar. ​De persistir en una respuesta evasiva y estandarizada que eluda concretar las cifras reales de stock ofertado, daré por agotada la vía de mediación en la OCU y procederé a interponer la correspondiente denuncia administrativa ante la Dirección General de Comercio y Consumo, solicitando la apertura de expediente sancionador y la inspección técnica de los registros de su servidor. ​Atentamente, J.D.R.P.

Mc Donald's

A: J. D.

23/09/2026

Estimado/a cliente: Como continuación de nuestra última comunicación del pasado día 15 de los corrientes, y una vez analizada su reclamación de la misma fecha, a continuación le trasladamos las siguientes consideraciones: 1. Sobre la “percepción del cilente” frente a la realidad operativa A tenor de la documentación de que dispone la Promotora, hemos de reiterarle nuevamente que tanto los premios que aparecieron en los “Catálogos de Premios Semanales” y su distribución semanal de premios reflejados en las Bases Notariales protocolizadas ante el Notario de Madrid, Don Luis Enrique García Labajo el día 17 de julio de 2026 (constando al nº 2.230 de su Protocolo) y, en concreto, en su Base Cuarta, Letra B y sus Anexos II y III, en relación con la Base Quinta de las mismas, así como su adjudicación, se ha llevado a cabo de conformidad con el proceso de adjudicación reflejado en las citadas Bases Notariales, sin que se hubiera producido ninguna incidencia técnica, interrupción, error o anomalía que impidiera el correcto funcionamiento de la Aplicación. Como ya le comunicamos, la Promotora dispone de registros técnicos relativos a las solicitudes de canje y adjudicaciones realizadas a través de la Aplicación que avalan la situación anteriormente descrita, los cuales se encuentran disponibles para su comprobación por las autoridades competentes, caso de que así fuera legalmente requerida. 2. Proporcionalidad y transparencia en el volumen de existencias La Promotora ha previsto y estudiado estas circunstancias, en lo que a la existencia de una cantidad suficiente y razonable de unidades de cada premio, que permita acceder realmente a los premios comunicados previamente en Bases de los “Catálogos de Premios Semanales”, cálculo que la Promotora ha llevado a cabo en base al histórico de las ‘Promociones Monopoly’ que ha realizado y las previsiones de la presente, por lo que ha considerado suficientes los puestos a disposición en la presente Promoción, circunstancia ésta que ha permitido el que la adjudicación se haya llevado a cabo conforme al procedimiento escido en Bases. 3. Solicitud de los datos concretos y trazabilidad En cuanto a su petición del “número exacto de unidades físicas puestas a disposición de los usuarios en la recarga del martes 8.09.26 y del viernes 11.09.26 a las 12:00:00 h para los artículos canjeables en el rango de mis 620 MONIS”, así como ”El tiempo exacto (en segundos o milisegundos) en el que consta registralmente que dichas unidades quedaron agotadas”, informarle de lo siguiente: 3.1. No existen “recarga” de premios como usted manifiesta, sino que, al contrario, existen ya previamente determinadas y recogidas en las bases unas pirámides con una serie de premios en cada una de ellas detallados en la Base Cuarta, letra B de las mismas; estas pirámides se vienen ofreciendo con carácter semanal (como le hemos informado, los martes y los viernes, con indicación expresa de fecha y horario), incluyendo, para mayor claridad, más aun si cabe, que los premios no solicitados por los participantes quedarán a disposición de aquellos que los quieran solicitar en las semanas sucesivas hasta que se canjeen todas las unidades de cada premio ofrecido o, en su caso, se alcance la fecha de caducidad del saldo de “MONI” de cada usuario (4.09.2026), sin que en ningún momento, insistimos, se hable o aplique ningún tipo de reposición de premios. 3.2. Los días 8.09.26 y 11.09.26 no se pusieron a disposición de los usuarios ninguna unidad física de premios. Le recordamos, como participante en la promoción que nos ocupa, que a tenor de los señalado en la Base Primera de las Bases Notariales que han regulado la Promoción, “El periodo promocional dará comienzo el Martes 21 de julio de 2026 y concluirá el 31 de agosto de 2026”, por lo que lamentamos no poder informarle cumplidamente de lo solicitado, y tampoco del tiempo exacto en el que consta que los premiosunidades quedaron agotados por idéntica razón, es decir, el Martes 8.09.26 y el viernes 11.09.26 a las 12:00:00h, la promoción ya había concluido. 3.3. Pero es más, aunque quizás por error involuntario por su parte se estuviera refiriendo al Martes 8.08.26 y Viernes 11.08.26, indicarle que a tenor del calendario utilizado por la Promotora para designar periodos, plazos y demás circunstancias temporales, el martes 8.08.26, fue un sábado, fecha en la que, según las Bases Notariales anteriormente mencionadas, no había “Catálogo de Premios Semanales” y el viernes 11.08.26, fue un martes. 4. Persistencia en la pretensión Lamenmente y en respuesta a su nuevo requerimiento, consideramos que con lo expuesto en los apartados anteriores, hemos dado cumplida respuesta a las mismas, que no puede, por tanto, ser atendidas, ni lo solicitado por usted respecto del canje efectivo, ni en la compensación proporcional por el saldo acumulado por usted, conforme a los criterios y datos contenidos en la presente comunicación. Todo ello sin perjuicio del derecho que le asiste de dar traslado de sus peticiones a las instancias y organismos, incluida la Dirección General de Comercio y Consumo, que considere oportuno, en defensa de sus intereses. Quedamos a su entera disposición. Estimado/a: Atentamente, Servicio de Atención al Cliente de McDonald's Conforme el Reglamento 2016/679 Europeo de Protección de Datos, queda informado que sus datos serán tratados por Restaurantes McDonald’s, S.A.U., con domicilio en C/ Basauri, 17, Edificio Oasis- Módulo B – 1ª Planta; 28023 Madrid (España); con la finalidad única y exclusivamente de atender y gestionar sus consultas, quejas y sugerencias. Asimismo, le informamos que en el supuesto de que su consulta/queja/sugerencias se refiera a un franquiciado de McDonald’s le comunicaremos sus datos para poder atender la solicitud. En cualquier momento, como persona titular de sus datos, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo su solicitud a UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A., que actúa como encargado de tratamiento, al siguiente domicilio: Calle de Emilio Muñoz, 9, 28037 Madrid (España); o bien al correo electrónico atencionconsumidor@es.mcd.com bajo el asunto de “Protección de datos”. Puede consultar información adicional sobre la política de privacidad de atención al cliente en s:mcdonalds.es/documentos/documento-de-politica-de-privacidad-atencion-cliente. Desde: contacto@soporte.mcdonalds.es Enviado: Tue Sep 15 2026 14:00::38 GMT+0200 (hora de verano de Europa central) Para: OCU reclamar@ocu.org Asunto: RE: Imposible el canje de premios de la promoción Monopoly McDonald's Estimado/a cliente: Gracias por ponerse en contacto con nosotros y por trasladarnos sus comentarios en relación con la promoción MONOPOLY MONI de McDonald's 2026. Hemos analizado detenidamente su reclamación y lamentamos la percepción de falta de disponibilidad de los premios que nos describe. No obstante, debemos informarle de que la promoción se ha desarrollado de conformidad con las Bases Legales Notariales que la regulan. En particular, dichas bases escen expresamente que los premios asociados a la mecánica MONOPOLY MONI están sujetos a un número limitado de unidades y que su adjudicación depende de la disponibilidad existente en el momento en que la solicitud de canje es correctamente procesada por el sistema. Asimismo, las Bases prevén la publicación de Catálogos Semanales de Premios los martes y los viernes a partir de las 12:00 horas, indicando para cada premio el número de unidades disponibles y el saldo MONI necesario para solicitar su canje. Estos extremos aparecen recogidos de forma expresa en la Base Cuarta, apartado B, y en los anexos correspondientes de las Bases de la promoción. Comprendemos que usted y otros participantes pudieran permanecer conectados a la aplicación antes de las 12:00 horas y percibir que determinados premios aparecían como “agotados” tanto antes como después de esa hora. A este respecto, debemos señalar que, hasta la publicación efectiva del nuevo catálogo, la aplicación mostraba los premios correspondientes al catálogo vigente hasta ese momento. Por tanto, los premios que figuraban como agotados podían corresponder al catálogo anterior, cuyas unidades ya habían sido adjudicadas durante el periodo de canje correspondiente. Tal y como escen las Bases de la promoción, los nuevos catálogos quedaban disponibles para los participantes a partir de las 12:00:00 horas de los martes y viernes. Desde ese momento, los premios incluidos en cada nuevo catálogo podían ser solicitados por cualquier participante que dispusiera del saldo MONI necesario. Entendemos que la elevada demanda generada por determinados premios pudiera dificultar la obtención de algunos de ellos. Sin embargo, el hecho de que un premio pudiera agotarse en un breve espacio de tiempo no permite concluir que las unidades anunciadas no hubieran sido efectivamente puestas a disposición de los participantes ni que existiera un incumplimiento de las Bases de la promoción. Como sucede en otras promociones con premios especialmente demandados, las solicitudes de canje pueden concentrarse de forma muy intensa en los primeros instantes de disponibilidad, provocando el rápido agotamiento de las unidades asignadas para ese catálogo concreto. Asimismo, en relación con la disponibilidad efectiva de los premios y su adjudicación, le informamos de que la Promotora dispone de registros técnicos relativos a las solicitudes de canje y a las adjudicaciones realizadas a través de la aplicación. Dichos registros permiten verificar el correcto funcionamiento de la mecánica promocional y acreditar las adjudicaciones efectuadas conforme a las Bases de la promoción. Igualmente, esta información puede ser puesta a disposición de las autoridades competentes en caso de requerimiento formal. Por todo lo anterior, no apreciamos un incumplimiento de las condiciones de la promoción ni de la información facilitada a los participantes. Del mismo modo, la acumulación de MONIs, incluido el saldo de 620 MONIs que indica en su escrito, no genera un derecho adquirido a la obtención de un premio concreto ni a percibir una compensación económica equivalente a dicho saldo, siendo aplicables en todo caso las condiciones de disponibilidad y adjudicación previstas en las Bases. Agradecemos sinceramente su participación en la promoción y tomamos nota de sus observaciones, que serán trasladadas a los departamentos responsables para su consideración en futuras iniciativas promocionales. Reciba un cordial saludo, Atentamente, Servicio de Atención al Cliente de McDonald's Conforme el Reglamento 2016/679 Europeo de Protección de Datos, queda informado que sus datos serán tratados por Restaurantes McDonald’s, S.A.U., con domicilio en C/ Basauri, 17, Edificio Oasis- Módulo B – 1ª Planta; 28023 Madrid (España); con la finalidad única y exclusivamente de atender y gestionar sus consultas, quejas y sugerencias. Asimismo, le informamos que en el supuesto de que su consulta/queja/sugerencias se refiera a un franquiciado de McDonald’s le comunicaremos sus datos para poder atender la solicitud. En cualquier momento, como persona titular de sus datos, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo su solicitud a UNISONO SOLUCIONES DE NEGOCIO S.A., que actúa como encargado de tratamiento, al siguiente domicilio: Calle de Emilio Muñoz, 9, 28037 Madrid (España); o bien al correo electrónico atencionconsumidor@es.mcd.com bajo el asunto de “Protección de datos”. Puede consultar información adicional sobre la política de privacidad de atención al cliente en s:mcdonalds.es/documentos/documento-de-politica-de-privacidad-atencion-cliente.


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