Facturación Bono Social junto con Compensación Simplificada
Buenas tardes
Lo primero presentarme... Soy uno de los tontos con PVPC en iberdrola (y con compensación simplificada).
He buscado en foros, reales decretos, y en ninguno he visto que se relacione la aplicación del bono social y los excedentes.
Además, llevo bastante tiempo intentando entender como aplican la parte del coste de la energía del bono social y la compensación simplificada.
Después de 12 reclamaciones, no llego a comprender aún como calculan la parte del término variable al que aplicar el bono social (BS) cuando tienes compensación simplificada de excedentes.
Es decir: Importe BS= (ITF + ITV) * 0,6
ITF: Importe término fijo, fácil de calcular, y que está desglosado en la factura
ITV: Importe término variable, no debería ser más complicado (hay q usar ESIOS y echar cuentas)
Para esta parte tienes un límite anual de 4.140 kWh bonificables(límite diario de 11,34 kWh). En el caso de Junio 2022 son 340,20 kWh
Y aquí viene lo sorprendente. Para esta parte variable nadie de los que he hablado o buscado conoce la fórmula que minora este ITV en iberdrola.
Por ejemplo, para el mes de Junio consumo de la red unos 600kWh, y tengo unos excedentes de unos 900kWh. El coste medio del kWh ha sido de unos 0,32€.
En la factura de iberdrola indican que en lugar de unos 110€ de ITV, me corresponden 24,07€
¿Alguien conoce la relación que hay entre los excedentes y la aplicación de BS al término variable?

Mira el RD 244/2019, artículo 14, apartados 6i, 6ii y 6iii.
Si no me equivoco, a las cantidades a pagar, después de aplicar en la factura la compensación de excedentes, es a la que se aplicarían los descuentos que te correspondan por el bono social.
Saludos
Gracias!
Aunque parezca mentira, el RD me aclara un poco más la fórmula...
Al final, el problema es que no son capaces de decirme como calculan esto.
He presentado una reclamación, a ver por dónde salen.