Circular en patinete ¡con registro y con seguro!
Si tienes un patinete eléctrico, debes registrarlo en la DGT, llevar su identificación y contratar un seguro obligatorio. No hacerlo puede suponer multas de hasta 1.220 euros. No corras riesgos, en ningún sentido.
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En este artículo encontrarás información sobre:
Qué necesita tu patinete para circular
Circular en patinete eléctrico tiene desde 2026 nuevas obligaciones. El patinete debe estar registrado en la DGT, identificado y cubierto por un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Y los modelos más nuevos deben, además, estar certificados.
No son simples trámites administrativos: circular sin registro y sin seguro puede acabar en sanciones que, sumadas, pueden superar los 1.200 euros, como advertimos desde OCU. Y las consecuencias económicas pueden ser mucho mayores en caso de accidente: si provocas daños graves y no estás asegurado, podrías tener que responder personalmente por indemnizaciones de cientos de miles de euros.
Te contamos qué tienes que hacer para tener tu patinete en regla y qué conviene buscar en un seguro.
Un vehículo homologado y registrado
Un patinete eléctrico convencional (menos de 25 kg y con una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h) es, a efectos de tráfico, un vehículo de movilidad personal (VMP). Pero la normativa también se refiere a ellos como VPL, vehículo personal ligero. Si te mueves con uno de estos vehículos, para hacerlo con todas las de la ley debes cumplir una serie de requisitos
- Comprobar que el patinete está certificado.
- Inscribirlo en el registro de la DGT.
- Colocar la etiqueta identificativa con su número de inscripción.
- Contratar y mantener en vigor un seguro obligatorio.
Debe estar certificado
- Si compraste el patinete después del 22 de enero de 2024, debe estar certificado: comprueba si tu modelo aparece entre los certificados por la DGT.
- Los modelos más antiguos, que no tienen certificado, pueden seguir circulando una vez inscritos y asegurados... pero solo hasta el 22 de enero de 2027.
Cómo registrar el patinete en la DGT
- Debes inscribirlo en el Registro de VMP.
- Una vez registrado, la DGT genera un número de inscripción, algo parecido a una matrícula.
- Con ese número debes obtener una etiqueta identificativa y colocarla en el patinete.
Cuando el vehículo está certificado, la tasa de inscripción es de 8,67 euros. Si el modelo no está certificado, la situación puede complicarse. Además, la etiqueta identificativa homologada cuesta aproximadamente otros 20 euros.
Qué seguro elegir para el patinete
Una vez inscrito el vehículo, hay que contratar un seguro obligatorio de responsabilidad civil, que sirva para responder por los daños personales o materiales que puedas causar a otras personas mientras utilizas el patinete.
Un buen seguro debe contar con una cobertura de responsabilidad civil mínima de 6.450.000 euros por siniestro para daños personales y 1.300.000 euros para daños materiales.
Además, serían interesante que tuviera:
- Protección jurídica y reclamación de daños, si tú eres el perjudicado.
- Asistencia en carretera, por ejemplo, tras una avería o accidente.
- Accidentes del conductor.
- Robo, teniendo en cuenta las condiciones exigidas por cada póliza.
- Daños propios del patinete.
¿Qué seguro elijo para mi patinete?
Depende de lo que busques. Si solo quieres cumplir con la obligación legal, el seguro de Welcome cubrirá la responsabilidad civil obligatoria por 35 euros al año, pero hay en el mercado pólizas mucho más completas por un precio de entre 60 y 160 euros anuales. Entre las opciones más recomendables:
La póliza Caser VPL Terceros con asistencia en carretera, por unos 93 euros al año, combina responsabilidad civil, protección jurídica y asistencia.
El seguro Cleverea Completo ofrece una asistencia en carretera amplia, accidentes personales, robo y daños propios, aunque su protección jurídica resulta limitada. Cuesta unos 78 euros.
La póliza Divina Premium, por 88 euros, ofrece también una cobertura bastante amplia, aunque no incluye asistencia en carretera.
En cualquier caso, antes de contratar, cerciórate de lo que cubre realmente cada modalidad, quién puede conducir el patinete y qué exclusiones incorpora, porque las garantías voluntarias no siempre se aplican a cualquier conductor.
Volver arribaCómo circular cumpliendo las normas
Registrar y asegurar el patinete es imprescindible, pero no es suficiente. También hay que respetar las normas de circulación.
Para conducir un patinete eléctrico:
- Desde el 1 de octubre de 2026, la edad mínima para conducir este tipo de vehículos será de 15 años.
- Desde esa misma fecha debes llevar casco.
- No hace falta carné de conducir.
- No puedes llevar pasajeros.
- No puedes circular por las aceras.
- Si circulas de noche o con poca visibilidad, debes utilizar elementos luminosos o reflectantes.
- Desde el 1 de octubre de 2027, las luces deberán llevarse encendidas permanentemente, tanto de día como de noche.
Te recomendamos además consultar la ordenanza municipal de tu localidad, porque puede establecer condiciones adicionales de circulación.
Volver arribaPreguntas frecuentes
¿Es obligatorio registrar el patinete?
Sí. Los VMP deben inscribirse en el registro de la DGT para poder circular legalmente.
¿Qué pasa si mi patinete eléctrico es antiguo?
Los modelos anteriores a 2024 que no estén certificados pueden registrarse y seguir circulando, pero solo hasta el 22 de enero de 2027.
¿Cómo saber qué marcas están homologadas?
La Dirección General de Tráfico mantiene un listado oficial y público con todos los modelos de patinetes eléctricos homologados en España.
Antes de comprar un VMP, es recomendable consultar este registro para asegurarte de que tu patinete cuenta con la certificación necesaria y evitar posibles sanciones o problemas con el seguro
¿Hay muchos accidentes con patinetes?
Los accidentes con patinete eléctrico (VMP) en España han mostrado una tendencia creciente desde 2022: en 2024 se registraron 396 siniestros graves (23% más que en 2023), con 14 fallecidos y 240 heridos, principalmente por colisiones (65%) y caídas (22%).
¿Me pueden sancionar por no registrar o asegurar el patinete?
Sí. Las sanciones previstas por los incumplimientos son de cuantía variable:
- No inscribir el VMP en el Registro de la DGT está sancionado con una multa de entre 202 y 601 euros.
- No tener el patinete cubierto por el seguro obligatorio supone otra sanción del mismo importe, y puede ser de hasta 800 euros si no está en vigor.
Sumar ambas infracciones puede ser sancionado con más de 1.200 euros. Como no hay carné, en caso de infracciones no se quitan puntos, pero si querdará inmovilizado.