Contrato de alquiler de vivienda y referencia catastral del inmueble
La gran mayoría de las convocatorias de ayudas al alquiler exigen que el contrato incluya esta referencia, aunque la Ley de Vivienda no la exija expresamente.
En el derecho español aplicable a los contratos existe en teoría libertad de forma, hasta el punto de que el derecho civil contempla la validez de los contratos verbales. También en los alquileres de vivienda. Pero en la práctica las cosas son algo más complejas.
Por una parte, si llega el caso de tener que probar la existencia del contrato y sus términos exactos sobre la fecha de inicio o los gastos pactados por ejemplo, es claro que resultará más sencillo si lo tenemos por escrito y convenientemente firmado.
Por otro lado, si tenemos que lidiar con la Administración, el contrato puede ser necesario a diversos efectos, como la solicitud de ayudas o subvenciones, y ahí pueden exigirnos que el contrato incluya determinados elementos, como los que incluimos en el modelo de contrato de alquiler.
Nuria no obtuvo la ayuda al alquiler de la Comunidad de Madrid porque el contrato de arrendamiento que presentó en su solicitud no contenía la referencia catastral de la casa alquilada. Recurrió a la Justicia, pero los jueces no le dieron la razón. El TSJ de Madrid (28/10/2022) señaló que la Ley del Catastro Inmobiliario (art. 38) exigía que el contrato de arrendamiento del piso incluyera la referencia catastral. No bastó con que dicha referencia sí apareciera en el certificado de eficiencia energética del propio piso, también presentado por Nuria en su solicitud. Parece un exceso de formalismo pero te puede costar una ayuda.
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Consejo extra
Al iniciar un nuevo alquiler, el inquilino debe comprobar si existe alguien empadronado en esa casa y, en su caso, pedir al propietario que se elimine a esa persona del padrón. Porque si el inquilino va a solicitar alguna ayuda pública para el pago de la renta de alquiler, le solicitarán un certificado de empadronamiento colectivo e histórico, donde figuren todos los que residen allí y desde qué fecha. Atención: si en el padrón figura una tercera persona, esta se tendrá en cuenta a efectos de calcular los ingresos de toda la unidad de convivencia y esto puede provocar que se deniegue la concesión de la ayuda, también por no poder comprobar los datos, ya que el "tercero" no habrá dado su consentimiento en la solicitud de ayuda (en la que ni siquiera constará) para que la Administración verifique sus ingresos. El TSJ de Madrid dio la razón a la Comunidad de Madrid cuando esta denegó una ayuda al alquiler por este motivo.
Información obligatoria en el alquiler de vivienda
Existen una serie de informaciones básicas de la vivienda que el inquilino tiene derecho a conocer antes de contratar y de adelantar dinero. Una básica es la identificación del arrendador con su NIF. Tenga en cuenta que para solicitar algunas ayudas y para aplicar deducciones en IRPF por alquiler le pedirán que indique el NIF de su arrendador.
La Ley de Vivienda (art. 31) no incluye la referencia catastral entre las informaciones obligatorias que deben facilitarse al inquilino antes de la contratación. Pero el inquilino está interesado en conocerla e incluirla en el contrato. Hay que pedir que se incluya.
Vea aquí dónde obtener la referencia catastral de un inmueble. Es una “matrícula” única para cada inmueble, que lo identifica en el Catastro, ese registro administrativo de todos los inmuebles del país. Podemos conocerla a partir de la dirección física de la vivienda. Los propietarios pueden verlo en el recibo del IBI. La información catastral aporta datos útiles al inquilino (y al comprador de viviendas), para contrastar la veracidad de los datos sobre el inmueble y para ver -entre otras cosas- si se trata de una vivienda o de un almacén, trastero, etc. Más de uno se ha sorprendido al comprobar la información catastral.
Recuerde que la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, artículo 20.1 dice que: "Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador". Luego no pueden cobrarse al inquilino.
Modelo de contrato de alquiler de vivienda
Tanto si es arrendador como inquilino, conviene hacer un contrato de alquiler que recoja con exactitud lo que las partes han pactado, dentro del respeto a las imposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos y a las opciones que se dejan a las partes.
Como uno de los servicios que ofrecemos a los suscriptores de OCU Inmobiliario, y junto a otra centena de documentos, nosotros le proponemos un modelo de contrato de alquiler de vivienda para que pueda adaptarlo a su caso.
Una vez firmado el contrato, otro punto delicado que interesa al inquilino es obtener una copia del resguardo que muestre que el propietario ha depositado la fianza en el organismo correspondiente de la comunidad autónoma. Es otro papel que pueden pedir más tarde al inquilino para obtener ayudas, beneficios fiscales, etc.
Conozca la regulación de la duración del contrato de alquiler.
Cómo contribuir a dar seguridad al propietario para que aumente la oferta de alquiler y bajen los precios.