Dónde depositar la fianza del alquiler
El arrendador tiene la obligación de recoger la fianza legal entregada por el inquilino, que equivale a una mensualidad de renta para alquileres de vivienda, y depositarla en el organismo indicado por la respectiva comunidad autónoma. El retraso en hacer el depósito o su no realización puede dar lugar a sanciones administrativas para el arrendador. Este depósito es exigido para aplicar ciertas ventajas fiscales por parte del inquilino.
El siguiente listado muestra dónde debe depositarse en cada caso. En estos momentos, el depósito no es necesario en Asturias, Cantabria, La Rioja, Murcia y Navarra *. Tampoco en Extremadura y, desde el 24 de enero de 2026, no se exige en Andalucía.
Al término del contrato existe la obligación del arrendador de devolver la fianza del alquiler, siempre que no existan deudas pendientes ni daños que deban ser indemnizados, convenientemente justificados.
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En el caso de Andalucía, se ha aprobado la supresión del depósito oficial de la fianza en su nueva Ley de Vivienda, con entrada en vigor el 24 de enero de 2026; desde esa fecha tampoco será obligatorio depositarla ante la Administración autonómica en Andalucía. Esta Comunidad reintegrará las fianzas a medida que los contratos se vayan extinguiendo y a solicitud de los interesados Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.
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Comunidad Autónoma |
Organismo |
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Andalucía |
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Aragón |
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Asturias |
Actualmente no existe obligación de depósito de fianza. |
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Baleares |
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Canarias |
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Cantabria |
Actualmente no existe obligación de depósito de fianza. |
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Castilla y León |
Consejo General de las Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León |
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Castilla-La Mancha |
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Cataluña |
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Comunidad Valenciana |
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Extremadura |
No existe obligación de depositar la fianza. |
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Galicia |
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Madrid |
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Murcia |
Actualmente no existe obligación de depósito de fianza DL1/2021 |
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Navarra |
Actualmente no existe obligación de depósito de fianza. |
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País Vasco |
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La Rioja |
Actualmente no existe obligación de depósito de fianza. |
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Ceuta |
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Melilla |
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* En Navarra existe obligación de proceder al Registro de contratos de arrendamientos de vivienda, que puede hacerse vía online, para contratos nuevos y existentes.