Alquiler: el IGC marca el 6,14% en febrero de 2023
Publicado el 21 abril 2023Alquiler: el Índice de Garantía de Competitividad fue del 6,14% en febrero 2023
El índice de Garantía de Competitividad (IGC) es el índice que el Gobierno ha impuesto para las actualizaciones anuales de la renta de los alquileres de vivienda en 2023, tras haber estado también vigente 9 meses en 2022. Es distinto al IPC que recogen la gran mayoría de los contratos de alquiler de vivienda. El Gobierno impuso su uso de manera extraordinaria al ver que el IPC subía a niveles no vistos en lustros y considerar que había dejado de ser una referencia adecuada para adaptar las rentas de alquiler.
En febrero de 2023 el IGC fue del 6,14%, tras marcar el 6,42%. Por su parte, el IPC subió en febrero al 6% tras dejar enero en el 5,9%. En el mes de marzo de 2023 el IPC en España bajó al 3,3%.
En los últimos meses, el IGC ha subido incluso por encima del IPC, como se ve en la tabla. Pero el IGC tiene como objetivo mantener la competitividad de la economía española en el medio plazo, razón por la que está topado por arriba y por abajo.
Mes 2022 |
Variación anual IPC |
Variación anual IGC * |
Junio |
10,2% |
4,76% |
Julio |
10,8% |
5,42% |
Agosto |
10,5% |
5,97% |
Septiembre |
8,9% |
7,34% |
Octubre |
7,3% |
8,60% |
Noviembre |
6,8% |
8,17% |
Diciembre |
5,7% |
7,19% |
|
Con la regulación actual, el IGC no puede ser inferior a 0% ni superior a 2%. Solo si el Banco Central Europeo incrementara su objetivo a medio plazo para la inflación anual por encima del 2%, el IGC podría tener un valor superior, acorde a ese nuevo objetivo. Algo que no está actualmente sobre la mesa pero de lo que ya se oye hablar a muchos economistas.
El IGC lo publica el INE más tarde que el IPC.
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¿Cuánto puede aumentar la renta del alquiler?
Como ya hemos explicado, en las actualizaciones anuales que deba realizar en 2023, la renta de un alquiler de vivienda no podrá subir más de un 2%, por mucho que el IGC o el IPC sean superiores a esa cifra. Esto supone un límite extraordinario a la subida de rentas pactada en los contratos y admitida en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Conlleva que una parte de los sobrecostes que pueda estar padeciendo ahora el arrendador como consecuencia de la inflación -en gastos, comunidad o seguros, por ejemplo- no podrá trasladarlos al inquilino, que se ve así protegido de esas subidas.
Vea un modelo para comunicar la subida del 2% a la renta del alquiler.
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