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El límite del 2% a alquileres se prorroga hasta final de 2023
hace 5 meses - jueves, 29 de diciembre de 2022El límite a la renta del alquiler se prorroga hasta fin de 2022
El Gobierno aprobó el 29 de marzo de 2022 un límite extraordinario a las actualizaciones anuales de la renta del alquiler de viviendas. La inmensa mayoría de los contratos de alquiler utilizan el IPC como referencia y ante la extraordinaria subida generalizada de precios que refleja este IPC, que fue del 7,6% en febrero de 2022, se decidió inicialmente topar las subidas al 2% anual a aquellos contratos que cumplieran un año hasta el 30 de junio de 2022.
Posteriormente, con una inflación creciente (8,7% en mayo y 10,2% en junio de 2022), el Gobierno extendió esta medida hasta finales de 2022, de modo que todos los contratos de alquiler que cumplan año antes del 31 de diciembre de 2022 solo podrán actualizar su renta con el 2% de incremento máximo. Lo aprobó en el Real Decreto-ley 11/2022 de 25 de junio, que modifica el Real Decreto-ley 6/2022 de 29 de marzo de 2022.
Y en diciembre de 2022 se ha aprobado extender este límite de subidas del alquiler hasta el 31 de diciembre de 2023.
Su justificación es que el IPC sube por “elementos del contexto nacional e internacional que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda” y hay que “evitar un desproporcionado incremento en la renta de estos contratos”. Es cierto, pero la inflación está impactando a todos, también a los arrendadores particulares que están viendo cómo suben sus facturas, gastos de comunidad o hipotecas sin que ellos puedan trasladar la subida a las rentas de alquiler. De manera indiscriminada se hace recaer en ciudadanos particulares las medidas de contención de precios, sin ninguna compensación por la Administración. Algo que parece poco equitativo y que se suma a otras limitaciones impuestas a arrendadores en los últimos años, como las demoras para poder recuperar sus viviendas en casos de impago y ocupación.
En Francia se ha aprobado un límite a la actualización anual de rentas de alquiler del 3,5% hasta el segundo trimestre de 2023.
Cómo funciona el límite a las rentas de alquiler
Como hemos explicado en otras ocasiones, la imposición del Gobierno consiste en aplicar a estos contratos de alquiler de vivienda un cambio forzoso en el índice de actualización anual de la renta que opera como límite máximo a esas actualizaciones, a falta de acuerdo entre las partes: en lugar del IPC se les aplica el llamado Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que también publica el INE pero que se caracteriza por estar limitado por arriba en el 2% y por abajo en el 0%.
Para arrendadores que no sean grandes tenedores, es posible pactar con el inquilino una subida de renta superior, si ambos lo aceptan. En el caso de arrendadores que sean grandes tenedores la subida no podrá superar ese 2% en ningún caso. A estos efectos se considera gran tenedor a la persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros.
Vea un modelo para comunicar la subida del 2% a la renta en 2023.
Cómo actualizar la renta del alquiler.
Por ejemplo, el IGC publicado por el INE para el mes de octubre 2022 tuvo una variación anual del 8,6%. Pero al estar limitado por arriba al 2%, se aplica como límite de subida ese 2%. De modo que cuando su alquiler vaya a cumplir anualidad de vigencia de aquí a finales de 2023, al comunicar la nueva renta al inquilino deberá aplicar el IGC que publica el INE, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato y en todo caso, como porcentaje máximo se aplicará el 2%.
El alquiler sube más del 20% en varias capitales.Ayuda de 250 euros a inquilinos.
Entre tanto, los precios del alquiler en las grandes ciudades crecen a mayor ritmo y muchos arrendadores optan por no renovar contratos cuando estos llegan al final del periodo pactado u obligatorio (Cuánto dura un alquiler de vivienda), para así poder firmar uno nuevo con la renta alineada con el mercado.
Modelo de notificación del arrendador de dar por terminado el alquiler al final del plazo legal.