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Condenada a retirar el aire acondicionado de la fachada
hace 8 meses - viernes, 30 de septiembre de 2022Condenada a retirar el aire acondicionado de la fachada
Una vecina de Alcorcón (Madrid) fue condenada a retirar su instalación de aire acondicionado que había colgado junto al balcón en la fachada del edificio (SAP Madrid 9 de abril de 2021).
La comunidad de propietarios había acordado allí en numerosas ocasiones que las unidades exteriores de los aires acondicionados se pusieran en las terrazas de las casas, de modo que no fuesen visibles desde el exterior. Un perito expuso además que la instalación contradecía la normativa municipal por sobresalir más de 30 cm de la fachada. Aunque en primera instancia se dio la razón al vecino al interpretar el juez que los estatutos de la comunidad daban libertad a los propietarios para realizar esas instalaciones, la Audiencia estimó el recurso de la comunidad y condenó a la vecina a la retirada del aparato exterior.
La sentencia entiende que los estatutos solo permitían la libre instalación de aparatos si se realizaban en el interior y sin afectar a la configuración exterior del edificio. A falta de autorización general, como la máquina exterior de climatización colocada por la demandada fuera del balcón afecta a un elemento común, la fachada, se produce una alteración estética que afecta a los elementos comunes sin que se hubiese obtenido la oportuna autorización de la Comunidad de Propietarios. Por lo que la instalación se declara ilegal y se ordena su retirada en el plazo de un mes.
Cómo reaccionar ante una obra ilegal en la comunidad.
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