Análisis

Ruidos del inquilino, ¿a quién demandar?

Reclamar por ruidos en vivienda.

Reclamar por ruidos en vivienda.

Publicado el  17 julio 2024
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Reclamar por ruidos en vivienda.

Reclamar por ruidos en vivienda.

Las comunidades de vecinos tienen un procedimiento especial para pedir el cese de actividades molestas, pero hay que seguir unos pasos precisos. En caso de que el causante sea un inquilino, vea a quién debe dirigirse la reclamación y la demanda.

Ruido y molestias de inquilinos, ¿a quién hay que demandar?

La mayoría de los inquilinos, como la mayoría de los propietarios, se comportan de manera correcta en la comunidad de vecinos. Pero puede haber excepciones, tanto para inquilinos como para propietarios desconsiderados.

En el marco de las comunidades de vecinos existe un procedimiento especial para pedir judicialmente la cesación de las actividades molestas. Hablamos de molestias graves y repetidas en el tiempo, que puedan ser probadas. Se trata de proteger el derecho a la intimidad domiciliaria frente a inmisiones injustificadas.

Antes de cualquier acción judicial suele transcurrir un penoso periodo de tiempo en el que se constatan las molestias, se intenta poner fin con advertencias verbales o escritas, incluso con llamadas a la policía municipal en los episodios más agudos de los ruidos o molestias.

Cuando nada de eso resulta efectivo y las molestias persisten, el tema se suele llevar a la junta de propietarios por algunos vecinos que piden que se inicien acciones judiciales.

Cómo pedir la cesación de las actividades molestas

La llamada “acción de cesación de actividades molestas” exige seguir unos pasos concretos recogidos en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Si no se hace bien, la demanda puede ser desestimada, con la consiguiente pérdida de tiempo y de dinero para todos.

Vea aquí cómo reaccionar ante actividades molestas en la comunidad.

Cómo denunciar Ruidos en Barcelona, en Madrid, Sevilla o Valencia.

Uno de los puntos importantes es saber a quién debemos dirigir las acciones judiciales. Porque antes hay que dirigirles un requerimiento.

Vea un modelo de requerimiento de cese de actividad molesta.

En el caso de viviendas alquiladas, el requerimiento y la posterior demanda deben dirigirse frente al propietario y frente a quien ocupa la vivienda, que es el causante de las molestias. No basta con pensar que el propietario ya informará al inquilino de las quejas recibidas.

En el caso juzgado por la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo de 21 de febrero de 2024, la demanda se desestimó porque la comunidad de propietarios solo la había dirigido frente al propietario de la vivienda. A pesar de conocer que la vivienda estaba alquilada y a pesar del hecho de que el inquilino había sido identificado por la policía municipal en alguna actuación anterior. 

Si te desestiman la demanda por un problema de legitimación pasiva (falta de litisconsorcio pasivo necesario, por no haber incluido en el procedimiento a todas las partes afectadas), eso supone volver a la casilla de partida: frustración, pérdida de dinero, de tiempo, de gestiones, problema no resuelto... Conviene estar informado y hacer las cosas bien.

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