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Cómo denunciar ruidos: el caso de Madrid
hace un año - viernes, 4 de diciembre de 2020
Los límites al ruido en viviendas.
Problemas de ruidos, olores o humos en Madrid
Junto a la opción de llamar al 092 para denunciar una situación de grave molestia por ruidos, el Ayuntamiento de Madrid dispone de un buzón para denuncias sobre ruidos interiores y exteriores.
La web del Ayuntamiento informa de que toda instalación, establecimiento, actividad o comportamiento debe respetar los límites de transmisión de ruidos al medio ambiente exterior y locales (o viviendas) acústicamente colindantes. Los niveles admitidos están recogidos en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT), según las zonas y horarios.
En el ámbito residencial, los límites de ruido en interiores para Estancias son de 35 decibelios en horario de día y 30 dBA. En dormitorios, los límites son de 30 dBA en horario de día y 25 dBA en horario de noche.
En pasillos, aseos y cocina se aplica el límite de las estancias + 5 dBA.
Las mediciones en interiores se realizarán siempre con las ventanas y puertas cerradas. Además, en las mediciones se contempla un margen de tolerancia de 5 dBA.
Se considera horario nocturno el comprendido entre las 23 y las 7 horas en días laborables, y entre las 23 y las 8 horas los días festivos.
Problemas de ruidos con el vecino.
Modelo de escrito de requerimiento a un vecino para el cese de actividades molestas, en el seno de la comunidad de propietarios.
Aquí puede tramitar la denuncia online o descargar el formulario para entregarlo físicamente en el Ayuntamiento.
Ambas acciones, ante la comunidad de propietarios y ante el ayuntamiento son compatibles. La denuncia administrativa puede ser más rápida (si el servicio municipal funciona como debe), no requiere de ningún acuerdo entre vecinos y no va a derivar a un procedimiento judicial.
Límite de horas para realizar obras y mudanzas
Los ruidos por mudanzas, desplazamiento de muebles, traslado de enseres o realización de obras en el interior de viviendas o locales están restringidos a un horario. NO se pueden realizar:
- en días laborables, desde las 21 hasta las 8 horas,
- los sábados, domingos y festivos, desde las 21 hasta las 9:30 horas.
Límite horario en obras exteriores
Los límites de ruido para actividades exteriores en áreas residenciales son de 55 dBA en horario diurno y 45 dBA en horario nocturno.
Las obras y trabajos en el medio ambiente exterior de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras, así como las que se realicen en la vía pública, no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22 y las 7 horas o en sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas, salvo por razones de urgencia, seguridad o peligro. Si por necesidades técnicas o de movilidad no pudieran realizarse durante el día, podrá autorizarse su realización en otros horarios con un permiso especial del Ayuntamiento.
Queda prohibido el empleo de todo dispositivo sonoro con fines de propaganda, reclamo, aviso, distracción y análogos, que no haya sido previamente autorizado, con el fin de evitar la superación de los límites señalados en la Ordenanza.
Servicio de Inspección Ambiental del Ayuntamiento de Madrid
Le darán información sobre la denuncias interpuestas. Calle Bustamante, 16 Planta 5ª 28045 MADRID
Teléfonos:
915 885 207;
915 885 208;
914 803 104;
914 804 130.