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Los límites al ruido en Sevilla
hace 2 años - viernes, 4 de diciembre de 2020Normativa sobre ruidos en Sevilla
Contenido elaborado por el equipo técnico de OCU para dar a conocer la normativa municipal sobre límites al ruido en Sevilla y las opciones de los ciudadanos para reclamar en caso de problemas, con modelos de escritos.
En Sevilla la Ordenanza municipal contra la contaminación acústica, ruidos y vibraciones prevé ciertas normas y límites horarios.
- Las obras y trabajos caseros rutinarios como pueden ser pequeñas operaciones de mantenimiento interior de viviendas, utilizando herramientas o utensilios que puedan causar molestias por ruido, solo podrán desarrollarse entre 08:00 a 15:00 y de 17:00 a 21:00 h en días laborables, y entre 9:00 a 15:00 y 17:00 a 19:00 h en sábados y festivos.
b) Las celebraciones privadas en viviendas u otros locales cerrados del inmueble podrán desarrollarse únicamente entre las 12:00 y las 23:00 h, manteniendo un comportamiento lógico de civismo. Las que se desarrollen los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, podrán hacerlo en cualquier período del día salvo entre las 04:00 y las 12:00 h.
c) Los actos y comportamientos vecinales y los horarios para su desarrollo en zonas comunes privadas al aire libre de edificaciones de viviendas podrán regularse por la comunidad de propietarios con objeto de que causen las mínimas molestias posibles. Las fiestas y celebraciones vecinales en patios comunitarios de edificaciones de viviendas podrán desarrollarse únicamente entre las 11:00 y las 00:00 h, manteniendo un comportamiento lógico de civismo. Las que se desarrollen los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero, podrán hacerlo en cualquier período del día salvo entre las 04:00 y las 12:00 h.
Vecina privada de uso de la vivienda por exceso de ruido.
d) Queda prohibido hacer sonar instrumentos musicales de cualquier naturaleza, a cualquier hora del día cuando se haya recibido denuncia o queja al respecto y a juicio del agente de Policía Local actuante genere molestias tales que por su persistencia e intensidad resulten inadmisibles.
Los niveles de ruido generados en el interior de los edificios deberán mantenerse dentro de los valores límite que exige la convivencia ciudadana y el respeto a los demás. Se prohíbe cualquier actividad perturbadora del descanso en el interior de las viviendas, en especial desde las 23.00 h. hasta las 7.00 h., que supere los valores límite establecidos en la Ordenanza.
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Día y tarde |
Noche de 23 a 7 h |
Estancias |
45 dB |
35 dB |
Dormitorios |
40 dB |
30 dB |
Modelo de escrito de requerimiento a un vecino para el cese de actividades molestas, en el seno de la comunidad de propietarios.
Problemas de ruidos con el vecino.
Ambas acciones, ante la comunidad de propietarios y ante el ayuntamiento son compatibles. La denuncia administrativa puede ser más rápida (si el servicio municipal funciona como debe), no requiere de ningún acuerdo entre vecinos y no va a derivar a un procedimiento judicial.
Prevenir conflictos con vecinos, cómo actuar.
Límites a ruidos exteriores en Sevilla
Cuando una alarma no cese de sonar y continúe produciendo molestias a los vecinos tales que por su intensidad y persistencia resulten inadmisibles a juicio de los agentes de la Policía Local, esta podrá intervenir para desconectarla. Si se trate de la alarma de un vehículo que permanezca en funcionamiento por un tiempo superior a tres minutos, los agentes de la Policía Local podrán proceder a la retirada del vehículo, a costa de su titular, al depósito municipal, pudiendo formular el correspondiente parte de denuncia por infracción leve.
Salvo autorización expresa del servicio municipal competente se prohíben las operaciones de carga y descarga de mercancías, enseres, materiales de construcción, chatarra y similares en la vía pública y espacios al aire libre de uso público o privado, de 22:00 a 07:00 h en días laborables y de 23:00 a 07:00 h en sábados y festivos, en zonas residenciales.
En zonas residenciales de viviendas, los trabajos realizados en la vía pública, obras públicas y los de edificación se realizarán entre las 7.00 y las 22.00 h.
La acción municipal irá dirigida especialmente al control de los ruidos y de las vibraciones en horas de descanso, debido a:
a) El volumen de la voz humana.
b) Animales domésticos.
c) Funcionamiento de aparatos e instrumentos musicales o acústicos.
d) Funcionamiento de instalaciones de aire acondicionado, ventilación y refrigeración.