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Tipos de ITP por comunidades para 2022
hace un año - jueves, 17 de febrero de 2022Cuánto se paga por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
La compraventa de inmuebles de segunda mano está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. La base imponible para el ITP en operaciones con inmuebles viene determinada desde enero de 2022 por el llamado Valor de Referencia de Mercado, que ha calculado y publicado la Dirección General del Catastro para (prácticamente) todos los inmuebles urbanos del país. Salvo que el valor real de la transmisión sea superior a dicho VRM, en cuyo caso se tributa por el mayor valor.
Cómo impugnar el valor de referencia a efectos de Transmisiones.
En cuanto al tipo de ITP aplicable, depende de cada comunidad autónoma, como se ve en la tabla de abajo.
Cómo evitar el ITP en la compra de inmuebles.
Tipos de ITP para inmuebles y para vivienda habitual
Las comunidades autónomas han establecido un tipo general de ITP aplicable a transmisiones de inmuebles y unos tipos especiales reducidos. Hay comunidades autónomas que prevén tipos inferiores para la adquisición de la vivienda habitual, siempre que se cumplan algunas condiciones entre las que destaca un valor máximo aplicado a la vivienda.
Al margen de esto, algunas CCAA prevén tipos reducidos para determinados colectivos como jóvenes, VPO, familias numerosas o personas con discapacidad, siempre con límites y condiciones que hay que consultar.
En la tabla adjunta presentamos el listado de tipos de ITP por comunidades autónomas, con referencia al tipo general para inmuebles y al que eventualmente tengan previsto para viviendas habituales.
También se muestra el tipo aplicable a la parte no fija del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
TIPOS DE ITP Y AJD PARA TRANSMISIÓN DE INMUEBLES, en 2022 |
||||
CCAA |
ITP Tipo general |
ITP vivienda habitual |
Tipo AJD |
AJD vivienda habitual |
Andalucía |
7% |
6% (2) |
1,2% |
1% (2) |
Aragón (1) |
8-10% |
Mismo |
1,5% |
Mismo |
Asturias (1) |
8-10% |
Mismo (3) |
1,2% |
Mismo |
Baleares (1) |
8-11,5% |
5% (4) |
1,5% |
1,2% (4) |
Canarias |
6,5% |
5% (2) |
0,75% |
Mismo |
Cantabria |
10% |
8-10% (1) |
1,5% |
Mismo |
Castilla y León (1) |
8-10% |
Mismo |
1,5% |
Mismo |
Castilla-la Mancha |
9% |
6% (5) |
1,5% |
0,75% (5) |
Cataluña |
10-11% |
Mismo |
1,5% |
Mismo |
C. Valenciana |
10% |
Mismo |
1,5% |
0,1% |
Extremadura |
8-11% |
7% (6) |
1,5% |
0,75% (6) |
Galicia |
9% |
7% (4) |
1,5% |
1% (4) |
C. Madrid |
6% |
Mismo |
0,75% |
0,4-0,75% (1) |
Murcia |
8% |
Mismo |
1,5% |
Mismo |
C.F. Navarra |
6% |
5% (7) |
0,5% |
Mismo |
País Vasco (8) |
7% |
4% |
0,5% |
Mismo |
La Rioja |
7% |
Mismo |
1% |
Mismo |
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Notas
- El % de ITP varía en función del valor del inmueble adquirido. A más valor, mayor tipo aplicable.
- Tipo reducido para compra de la vivienda habitual cuyo valor no supere 150.000 €, con condiciones: Andalucía, Canarias
- Hay un tipo del 6% para vivienda habitual en zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Tipo reducido para vivienda habitual cuyo valor no supere 200.000 euros, con condiciones.
- Tipo reducido para vivienda habitual cuyo valor no supere 180.000 euros, con condiciones.
- Tipo reducido para vivienda habitual cuyo valor no supere 122.000 euros, con condiciones.
- Tipo reducido para vivienda habitual cuyo valor no supere 180.304 euros, con condiciones.
- Para viviendas en general el tipo es del 4%. El tipo es del 2,5% para vivienda habitual de hasta 120 m2 construidos, y en Álava del 1,5% en zonas en riesgo de despoblación.