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Desalojo cautelar en la ocupación en Madrid
hace 10 meses - martes, 29 de noviembre de 2022
Indicios de delito en ocupación de inmuebles.
Ocupación en Madrid: criterio judicial sobre el desalojo
Las secciones penales de la Audiencia Provincial de Madrid han aprobado un criterio unificado para hacer frente a los casos de ocupación.
En los supuestos en que se aprecien sólidos indicios de la ejecución del delito de allanamiento o usurpación, y se verifique además la existencia de efectos perjudiciales para el legítimo poseedor, los jueces acordarán la medida cautelar de desalojo y restitución del inmueble.
Condena a ocupas por delito de usurpación.
Esto supone no tener que esperar a la celebración del juicio, con lo que se gana tiempo para poder recuperar el inmueble ocupado. La medida cautelar se decide antes del juicio. En la denuncia que se haga de los hechos es importante pedir expresamente la adopción de esta medida cautelar de desalojo, explicando el perjuicio que la ocupación está causando al propietario y a los vecinos.
Más de 17.000 casos de ocupación en 2021
La Secretaría de Estado de Seguridad reportó que en 2021 había tenido conocimiento de 17.274 delitos de ocupación, lo que incluye tanto usurpaciones como allanamientos. Un 42,5% de los casos se produjeron en Cataluña, principalmente en la provincia de Barcelona (31,7% de los casos, 5.483 ocupaciones). Un 14,8% en Andalucía, el 10,6% en la Comunidad Valenciana y el 9,6% en la Comunidad de Madrid.
En el primer cuatrimestre de 2022 (enero -abril), la cifra total bajó un 4% respecto del año anterior. En las comunidades autónomas más afectadas destacaba una bajada de casos en Madrid (-14%), Andalucía (-11,6%) y en Cataluña (-3,4%), junto con una subida del 25% de las ocupaciones en la Comunidad Valenciana.
Como le dijimos en los consejos ante una vivienda ocupada, algunos jueces ya venían aplicando esta medida cautelar de desalojo. Es muy positivo que su uso se generalice (siempre con las oportunas garantías procesales), tal y como desde OCU hemos solicitado en repetidas ocasiones. Por ejemplo, en esta Nota de prensa de 10 de marzo de 2021.
El criterio unificado en Madrid sobre la medida cautelar se aplicará tanto a propietarios que sean personas físicas como jurídicas.
En los casos en que los jueces observen situaciones de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble, darán traslado a los servicios sociales para que adopten las medidas oportunas.
Actuación de la fiscalía y de la policía en casos de ocupación.