Qué hacer para deducir las obras de eficiencia energética
Hemos ido exponiendo consejos para preparar bien la declaración de IRPF de 2024 por sus inmuebles.
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Si realizó obras en casa o en el edificio en 2024 y si se cumplen determinados requisitos, se puede deducir en su próxima declaración de IRPF lo pagado por algunas obras terminadas en 2024 realizadas en la vivienda habitual o en otra propiedad del contribuyente que tenga arrendada para uso de vivienda en 2024.
Esos plazos se han ampliado para 2025. Por lo que también podrá aplicar estas deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética que realice en 2025, siempre que tenga en cuenta los requisitos que le comentamos.
También en viviendas que tenga en expectativa de alquiler siempre que la alquile antes del 31/12/2026. No podrá aplicar la deducción por la parte de la obra que realice en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos, ni en la parte de la vivienda que esté afecta a una actividad económica.
Cuál es la deducción en IRPF por obras de eficiencia en casa.
Tipos de obras y porcentaje de deducción en IRPF
- Obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración: Se podrá deducir el 20% hasta un máximo de 5.000 euros de lo pagado durante 2024 por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7%. Como se ha dicho, la posibilidad de aplicar la deducción se extiende al ejercicio 2025, para obras realizadas en 2025.
- Obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable o la calificación energética de la vivienda. El porcentaje de deducción será del 40% sobre un máximo de 7.500 euros si la obra logra mejorar en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o mejorar la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética “A” o “B”. Aplicable también en el ejercicio 2025.
Obras de eficiencia en edificios
Además, también se puede deducir por las obras de rehabilitación de edificios residenciales que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable, en un 30% como mínimo, o bien mejoren la calificación energética del edificio para obtener una clase energética “A” o “B”, en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción en este caso es del 60% de lo que se invierta con un máximo anual de 5.000 euros. Las cantidades satisfechas no deducidas por exceder de la base máxima anual se pueden deducir, con el mismo límite (5.000 euros), en los cuatro ejercicios siguientes, sin que en ningún caso la base acumulada de la deducción pueda exceder de 15.000 euros. Aquí el plazo final de estas obras estaba previsto para el 31 de diciembre de 2025 y ahora pasa al 31 de diciembre de 2026.
Cuando las obras las haga una comunidad de propietarios la base de la deducción para cada propietario vendrá determinada por el resultado de aplicar a las cantidades satisfechas por la comunidad el coeficiente de participación que corresponda a cada uno de los propietarios. Este tipo de obras no da derecho a la deducción la parte de la vivienda que esté afecta a actividades económicas.
Requisitos comunes para deducción en IRPF
Las tres deducciones son incompatibles entre sí, pero se exigen REQUISITOS iguales para poder aplicar cada una. Son los siguientes:
- Para poder acreditar ante Hacienda la reducción o mejora hay que tener dos certificados de eficiencia energética de la vivienda o del edificio: uno emitido por el técnico competente antes del inicio de las obras (vale el emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras) y, otro emitido después de terminarlas, que debe ser expedido como muy tarde el 31/12/2024 para poder deducir.
- el pago de las obras no puede ser en metálico. Se consideran cantidades satisfechas por las obras las necesarias para su ejecución, incluyendo los honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, y la emisión de los certificados de eficiencia energética. Pero, para calcular el importe de la obra deducible, de lo pagado hay que descontar las subvenciones de ayudas públicas.
Recuerde que algunas CC.AA. también permiten deducir por los gastos por instalación de nuevas tecnologías, o de recursos energéticos renovables o dispositivos de ahorro de agua realizados en la vivienda habitual del contribuyente