Desgravar en IRPF por un punto de recarga
En la próxima declaración de IRPF, el contribuyente podrá deducir el 15% de las cantidades que haya pagado en 2024 para instalar en un inmueble de su propiedad, un sistema de recarga de baterías para vehículos eléctricos siempre que la instalación no esté afecta a una actividad económica.
La deducción se ha ampliado posteriormente para instalaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2025.
El punto de recarga debe tener un uso exclusivamente particular. Si tras la instalación se afecta el punto de recarga a una actividad económica, se perderá la deducción practicada.
Reducir el IRPF por inmuebles.
Para poder deducir en la próxima declaración deben cumplirse los siguientes requisitos:
Desgravar en IRPF por un punto de recarga
En la próxima declaración de IRPF, el contribuyente podrá deducir el 15% de las cantidades que haya pagado en 2024 para instalar en un inmueble de su propiedad, un sistema de recarga de baterías para vehículos eléctricos siempre que la instalación no esté afecta a una actividad económica.
La deducción se ha ampliado para instalaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2025.
El punto de recarga debe tener un uso exclusivamente particular. Si tras la instalación se afecta el punto de recarga a una actividad económica, se perderá la deducción practicada.
Reducir el IRPF por inmuebles.
Para poder deducir en cada ejercicio deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Para deducir en 2024 la instalación debe estar finalizada en 2024 y debe contar con las autorizaciones y permisos establecidos en la legislación vigente. No pueden deducirse en la declaración de 2024 las cantidades pagadas en 2024 si la instalación finaliza en 2025. En ese caso se deduciría en 2025.
- la base máxima de esta deducción es de 4.000 euros y está constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a quienes realicen la instalación.
- No se puede deducir por lo pagado en efectivo.
- No pueden formar parte de la base de la deducción las cantidades subvencionadas a través de un programa de ayudas públicas.
Se consideran cantidades satisfechas para la instalación de los sistemas de recarga, las necesarias para llevarla a cabo, como son: la inversión en equipos y materiales, sus gastos de instalación y las obras necesarias para su desarrollo.