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  • Reducir hasta un 90% el IBI en Madrid
Análisis

Reducir hasta un 90% el IBI en Madrid

hace un año - viernes, 15 de octubre de 2021
Plazo, trámites y cuantía de la bonificación por familia numerosa en el IBI en Madrid. El periodo voluntario de pago termina el 30 de noviembre de 2021.

Cómo pedir la bonificación en el IBI por familia numerosa en Madrid

El periodo voluntario de pago del IBI en Madrid es desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2021. El importe del IBI puede ser elevado. En 2020 el recibo medio del IBI (cuota líquida a pagar) para inmuebles urbanos en Madrid fue de 642 euros (incluye no solo las viviendas sino locales y garajes).

Conviene conocer las posibles bonificaciones a que tengamos derecho. Por ejemplo, la bonificación para familias numerosas. Pueden solicitar esta bonificación los sujetos pasivos del IBI (propietarios o usufructuarios de viviendas), que sean titulares de familia numerosa en el momento del devengo del impuesto, es decir el 1 de enero. Se solicita antes del 31 de diciembre para que tenga efecto para el año siguiente y en sucesivos años.

Otras bonificaciones en el IBI de Madrid 2021.

Qué puedo hacer para rebajar el IBI.

El "catastrazo" que no afecta al IBI.

La cuantía de la bonificación

El porcentaje de la bonificación se aplicará sobre la cuota íntegra del impuesto. La cuota del IBI se rebaja en un porcentaje que varía en función del valor catastral de cada vivienda y de la categoría de familia numerosa que corresponda. En la actualidad, los porcentajes vigentes son los siguientes.

- Si la vivienda habitual tiene un valor catastral de hasta 204.000 euros, la bonificación es del 90% (categoría general) y 90% (categoría especial, para cinco o más hijos).

- Si el valor catastral de la vivienda habitual es superior a 204.000 y hasta 408.000 euros, la bonificación es de: 50% (categoría general) y 70% (categoría especial).

- si el valor catastral de la vivienda habitual es superior a 408.000 euros, la bonificación es de 10% (categoría general) y 30% (categoría especial).

Quién paga el IBI el año de la compra de la casa.

Requisitos para la bonificación

La bonificación se aplicará a la vivienda habitual de la familia, entendida como aquélla en la que figura empadronada la familia a día 1 de enero del año en curso. Se refiere lógicamente a personas empadronadas en el municipio de Madrid.

Si el sujeto pasivo fuese titular de varias viviendas en Madrid, la bonificación se referirá solo a aquella que sea la vivienda habitual de la unidad familiar o de la mayor parte de la misma.

El valor catastral de la vivienda debe estar individualizado.

Ayudas para reformas en viviendas y edificios en Madrid 2021.

Cómo se solicita la bonificación

Se debe tramitar antes del 31 de diciembre para que entre en vigor a partir del año siguiente.

Se puede hacer online o presencialmente. Más información en el teléfono: 915 298 210 y en la web del contribuyente del Ayuntamiento de Madrid.

Bonificaciones en el IBI en Barcelona.

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