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Las bonificaciones en el IBI en Barcelona
hace un año - viernes, 15 de octubre de 2021Bonificaciones en el IBI en Barcelona
Barcelona realizó para 2020 unos cambios en el IBI con los que preveía ingresar más por este impuesto, a pesar de bajar el tipo nominal del 0,75% al 0,66%. Y lo ha conseguido.
La ciudad de Barcelona ingresó en 2020 un total de 683,7 millones de euros en concepto de IBI urbano. Si dividimos esa cifra entre el número de recibos de IBI urbano liquidados en la ciudad (1,151 millones) nos da un importe medio cobrado por recibo de 594 euros. En 2019 el importe medio cobrado fue de 568 euros, lo que supone una subida en 2020 del 4,6% en el recibo medio cobrado.
El periodo voluntario de pago del IBI en Barcelona terminó el 3 de mayo de 2021, salvo que usted lo tenga domiciliado con pagos distribuidos entre el 3 de marzo, el 3 de junio, el 3 de septiembre y el 3 de diciembre.
El "catastrazo" que no afecta al IBI.
El IBI para familias numerosas en Barcelona
En Barcelona, los propietarios de una vivienda que tengan la condición de titulares de familia numerosa tienen derecho a una bonificación de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que puede llegar hasta el 90 % y puede variar en función del número de hijos, del nivel de renta familiar o del valor catastral del inmueble.
Esta bonificación es en principio automática, porque el Ayuntamiento recibe la información del departamento correspondiente de la Generalitat. Si usted no la recibe, sí deberá solicitarla expresamente.
Cuando dentro de la familia numerosa exista uno o más miembros con discapacidad la cuantía de la bonificación puede ampliarse. En este caso sí que debe solicitarse de manera específica por el titular.
El importe de esas bonificaciones en el IBI está detallado aquí.
Bonificación para familias numerosas: el porcentaje de la bonificación se cifra según la renta de la unidad familiar y el tipo de familia numerosa.
|
FN especial o miembroscon discapacidades |
FN categoría general |
Renta |
% bonificación |
% bonificación |
Hasta29.180 € |
90% |
80% |
De 29.181 a 36.475 € |
60% |
50% |
De 36.476 a 45.594 € |
40% |
30% |
De 45.595 a 56.992 € |
30% |
20% |
De 56.993 a 71.240 € |
20% |
10% |
De 71.241 a 90.000 € |
15% |
5% |
Las familias numerosas que tengan una renta superior a 90.000 € podrán disfrutar de la bonificación cuando el inmueble que sea su domicilio habitual tenga un valor catastral igual o inferior a 300.000 euros. El porcentaje bonificado en estos casos será el siguiente: 5% para la categoría general y 15% para la especial o con miembros con discapacidad.
A estos efectos, se equipararán a las familias numerosas con uno o más miembros discapacitados la familia numerosa con tres o más hijos, sean o no comunes, en la cual uno de los ascendientes que la integran tenga reconocido un grado de discapacidad entre el 33% y el 65%.
Instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico
También puede obtenerse una bonificación en el Ibi en aquellos inmuebles dedicados a vivienda y sector terciario (nuevos y existentes), en los que se haya instalado sistemas voluntarios de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
La bonificación es del 50% de la cuota íntegra del impuesto durante los tres periodos impositivos siguientes a la instalación.
La bonificación deberá ser solicitada por el interesado en el plazo de tres meses posteriores a la fecha de registro del trámite de legalización de la instalación al órgano competente de la Generalitat. Hay que presentar un formulario y aportar la fotocopia de la comunicación de las obras efectuadas al Ayuntamiento y la fotocopia del certificado final y de especificaciones técnicas de la instalación para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
Información sobre el trámite del IBI en la web del Ayuntamiento de Barcelona.