Análisis

Derecho del local a aire o chimenea de humos

Permisos para aire en azotea

Permisos para aire en azotea

Publicado el  18 marzo 2025
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Permisos para aire en azotea

Permisos para aire en azotea

La comunidad denegó al local el permiso para adaptar las chimeneas de humos a la normativa y seguir haciendo su actividad de cocina industrial. Los jueces dan la razón al dueño del local, vea los motivos de esta decisión y los criterios a tener en cuenta.

Denegación de permiso para modificar la chimenea de humos en la azotea

La sociedad propietaria de tres locales solicitó permiso a la comunidad de propietarios para modificar la instalación de la chimenea de humos de su local, con acceso a la azotea como le había requerido el ayuntamiento para poder continuar su actividad de elaboración de comidas preparadas. La modificación implicaba sacar la chimenea por la fachada exterior e instalar en la azotea de dos chimeneas de aluminio de un diámetro de 65 cm, y de 75 cm, respectivamente, que necesitaban fijar soportes en el forjado.

La comunidad denegó el permiso y el acceso a la azotea para la realización de cualquier tipo de trabajo en elementos comunes por parte de esa dueña del local.

La sociedad propietaria demandó a la comunidad para impugnar el acuerdo por ser contrario a los estatutos y para pedir una indemnización de los daños y perjuicios. Cómo impugnar un acuerdo de la comunidad.

A su vez, la comunidad respondió solicitando que se condenara a la propietaria a eliminar la chimenea ya existente que transcurría por el hueco de la escalera, por no haber sido aprobada en su día.

Nuevo ascensor e indemnización al vecino.

Los jueces dan una de cal otra de arena

En primera instancia se dio la razón a la comunidad. La Audiencia Provincial estimó el recurso de la sociedad propietaria y obligó a la comunidad a permitir las nuevas obras. Estimó que los estatutos lo autorizaban, añadiendo que procede realizar una interpretación amplia de los estatutos con la finalidad de no impedir el desarrollo de la actividad comercial en los diferentes locales. Además, no había prueba de que las chimeneas perjudicasen al edificio o alteraran su estructura, ni de que la obra fuese contraria a las ordenanzas municipales: al contrario, las modificaciones se hacían para adaptarse a esas ordenanzas.

La comunidad de propietarios recurrió al Supremo quien dictó sentencia el 5/6/2023.

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