Análisis

Cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de vecinos

Pagará más IBI por sus inmuebles.

Cómo impugnar un acuerdo de la comunidad.

Publicado el  18 marzo 2022
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Pagará más IBI por sus inmuebles.

Cómo impugnar un acuerdo de la comunidad.

Uno de los requisitos para que un vecino impugne un acuerdo de la comunidad de propietarios es estar al corriente de pago o hacer una consignación previa. Hay una excepción, que no se aplicó a la derrama impagada por este vecino. Plazo para impugnar el acuerdo.

El propietario moroso no puede impugnar un acuerdo de la comunidad

Uno de los requisitos que la Ley de Propiedad Horizontal exige para poder impugnar un acuerdo de la junta de vecinos es que el propietario demandante esté al corriente de pago de todas las deudas vencidas con la comunidad o que proceda antes a la consignación judicial de esas deudas. Es decir, que deposite en el juzgado ese dinero a la espera del resultado del juicio.

Cómo impugnar un acuerdo de la comunidad de propietarios. Motivos y plazos para impugnar un acuerdo de la junta.

Por mucho que creas que tienes razón frente a la comunidad, no podrás defender tus razones si se rechaza la demanda por estar en situación de impago.

Esta obligación de pagar o consignar antes de impugnar tiene una excepción legal: no se exige cuando el acuerdo discutido sea relativo al establecimiento o alteración de las cuotas de participación en gastos comunes. Esto se refiere a acuerdos que aprueben un sistema de reparto de gastos contrario al previsto en las reglas de la comunidad. Puede tratarse de cambios en el sistema de reparto permanentes o solo puntuales (para una derrama).

Obras obligatorias en la comunidad de propietarios.

El Tribunal Supremo establece que esta excepción a la obligación de pagar o consignar la deuda NO se aplica a acuerdos que hayan aprobado una derrama extraordinaria para una obra o gasto concreto, siempre que su cálculo haya respetado las reglas vigentes de reparto. Como tampoco se aplica a un acuerdo que decida aumentar la cuota de gasto anual a pagar por cada propietario, mientras no haya cambios en el sistema de reparto. Así lo ha recordado en sentencia de 28/2/2022, con cita de decisiones anteriores. Veamos el caso.

Para impugnar una derrama extra, antes hay que pagar o consignar

En una comunidad de Segovia, la junta extraordinaria aprobó hacer una puerta de acceso al patio de luces del inmueble. Un propietario contrario al acuerdo presentó una demanda judicial para impugnar el acuerdo.

Argumentó que se perturbaba la posesión 

 

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