La necesidad de probar las molestias por ruido
Imagine que vive en su casa y que el vecino de al lado no utiliza mucho la suya y suele ponerla en alquiler durante las vacaciones u otros periodos. Hay trasiego de inquilinos y, a ratos, ruidos o música más elevados de lo normal. Es fácil entender la situación donde un vecino va acumulando su enfado con molestias recurrentes por ruidos en una casa cercana, y más cuando se trata de terceros que vienen y van.
Ante las molestias hay que actuar de modo gradual, pero sabiendo que si la cosa va a mayores necesitaremos pruebas para poder tomar medidas eficaces.
Si hay voces o música muy alta podemos llamar la atención del causante de las molestias. Si es algo recurrente, hay que comunicarlo al propietario exponiéndole los hechos y pidiéndole que tome medidas. Si las molestias persisten se puede tratar el tema en el seno de la comunidad de vecinos. En casos de ruido muy molesto y persistente cabe llamar a la policía municipal para que acudan, hagan mediciones de ruido y tomen medidas. Estas mediciones ayudarán a probar la intensidad y la repetición de las molestias.
Recuerde: sin pruebas no servirá de nada que usted se enfade, como se ve en el siguiente caso donde el demandante fue condenado a pagar las costas.
Aumentan los problemas de ruido en las viviendas españolas.
Ruidos del vecino y obras en Barcelona.
Vecina privada del uso de su vivienda por ruidos.
Demanda por ruidos rechazada por falta de pruebas
El titular de un unifamiliar en Llanes, Asturias, demandó al
La necesidad de probar las molestias por ruido
Imagine que vive en su casa y que el vecino de al lado no utiliza mucho la suya y suele ponerla en alquiler durante las vacaciones u otros periodos. Hay trasiego de inquilinos y, a ratos, ruidos o música más elevados de lo normal. Es fácil entender la situación donde un vecino va acumulando su enfado con molestias recurrentes por ruidos en una casa cercana, y más cuando se trata de terceros que vienen y van.
Ante las molestias hay que actuar de modo gradual, pero sabiendo que si la cosa va a mayores necesitaremos pruebas para poder tomar medidas eficaces.
Si hay voces o música muy alta podemos llamar la atención del causante de las molestias. Si es algo recurrente, hay que comunicarlo al propietario exponiéndole los hechos y pidiéndole que tome medidas. Si las molestias persisten se puede tratar el tema en el seno de la comunidad de vecinos. En casos de ruido muy molesto y persistente cabe llamar a la policía municipal para que acudan, hagan mediciones de ruido y tomen medidas. Estas mediciones ayudarán a probar la intensidad y la repetición de las molestias.
Recuerde: sin pruebas no servirá de nada que usted se enfade, como se ve en el siguiente caso donde el demandante fue condenado a pagar las costas.
Aumentan los problemas de ruido en las viviendas españolas.
Ruidos del vecino y obras en Barcelona.
Vecina privada del uso de su vivienda por ruidos.
Demanda por ruidos rechazada por falta de pruebas
El titular de un unifamiliar en Llanes, Asturias, demandó al propietario de la vivienda colindante por emisión de ruidos. Alegó que desde hacía dos años la vivienda suele estar alquilada y se generan todo tipo de ruidos a todas horas del día y la noche, teniendo el propietario conocimiento de la situación.
En primera instancia el juez estimó que la demanda no debía dirigirse contra el propietario, lo que se conoce como falta de legitimación pasiva. El demandante recurrió ante la Audiencia Provincial alegando que no le era posible demandar a “decenas de arrendatarios vacacionales” que son los que generan las molestias, y que se quejó reiteradamente al propietario, al que denuncia por su pasividad.
En la sentencia de la AP Asturias de 17/12/2021 vuelve a rechazarse la demanda.
La posibilidad de demandar al propietario por las molestias que genera su inquilino depende de cada caso. No siempre el arrendador es responsable de esas molestias. Desde luego, si está en su mano intervenir, debe adoptar una actitud activa ante una denuncia de los vecinos para no ser considerado corresponsable.
Habilitar una vivienda para el alquiler vacacional no es por sí mismo una actividad molesta. El demandante no probó en este caso haberse quejado al propietario, por lo que este no pudo haber tomado medidas para reducir las molestias ni se le puede acusar de pasividad.
Las quejas del demandante se centraron en dos ocasiones de un mes de julio, pero no hubo intervención de la policía municipal ni testimonios de vecinos que pudieran probar los hechos. Sí hubo una comprobación pericial en una ocasión pero los límites de ruido solo se superaron en unos breves instantes y desde el exterior de la vivienda del demandante.
Por tanto, los jueces afirman que solo se ha probado una molestia de ruido puntual, en época veraniega en una localidad turística y en el exterior de la casa. No se reúnen las características de gravedad o intensidad, persistencia, reiteración o continuidad de la inmisión molesta, para que pueda tener éxito una demanda por este motivo.