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Si compro un chollo, ¿qué valor debo declarar?
hace un año - jueves, 16 de junio de 2022Compro un “chollo”, ¿qué valor debo declarar?
Desde el 1 de enero de 2022 a la hora de adquirir un inmueble la base de cálculo para el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) viene dada no por el precio pagado o precio real, sino por el llamado valor de referencia de mercado, salvo que el precio pagado fuera superior a este, en cuyo caso se toma el mayor. Este es un valor teórico establecido por la Dirección del catastro, calculado cada año a partir de datos “de mercado”.
Consulte el valor fiscal de su casa.
¿Qué ocurre si usted logra una gran rebaja en el precio de la casa comprada? En principio, la base imponible es la marcada por Hacienda, ese valor de referencia. Usted deberá liquidar el ITP con ese cálculo. Y si no está de acuerdo, deberá luego impugnar dicho valor.
Cómo impugnar el valor de referencia de un inmueble.
Por el momento, no existe una jurisprudencia creada sobre la aplicación de este nuevo valor de referencia. La Dirección General de Tributos ha contestado a algún contribuyente en consulta vinculante, como la de fecha 9 de marzo de 2022.
Los tipos de ITP por comunidades en 2022.
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Valor a declarar tras compra en subasta
Tania planeaba adquirir en subasta una vivienda por 232.000 euros. Su valor de tasación era de 465.000 euros y el valor de referencia de mercado lo fijaba el Catastro en 259.000 euros. Superior por tanto al valor de adquisición.
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