¿Tienes defectos en una obra nueva? Reclamar es posible y puedes cobrar del seguro
Sí, si tu vivienda o edificio tiene defectos de construcción, puedes reclamar y lograr una indemnización, incluso muchos años después. Si lo haces bien. La clave está en reaccionar a tiempo, identificar bien los daños, conocer las responsabilidades de cada agente de la edificación (arquitectos, técnicos, promotoras, constructoras) y no rendirse: las aseguradoras están obligadas a responder, aunque el proceso sea largo y complejo.
Los técnicos de OCU han atendido a numerosas consultas sobre defectos de construcción en relación con la protección al usuario.
Comentamos un caso de reclamación por defectos de construcción que ha tardado más de 25 años en resolverse, donde finalmente la comunidad de propietarios afectada ha podido recuperar de las aseguradoras aproximadamente la mitad del importe en que se evaluaron los daños.
En obra nueva es clave ser diligente en la reclamación de los defectos y estar bien asesorados para exigir las responsabilidades que la Ley de Ordenación de la Edificación atribuye a cada agente interviniente en una promoción, y a sus respectivas aseguradoras. Siempre hay que velar por que cada cual tenga contratado un seguro de responsabilidad civil con una cobertura suficiente. Las cuantías para una reconstrucción son elevadas.
Grietas en casa nueva y seguro decenal.
Defectos de construcción y plazos de garantía.
El caso: más de 25 años para lograr justicia
En Jávea (Alicante), una comunidad de propietarios detectó importantes defectos en su edificio de obra nueva. Contrataron a un arquitecto para peritar los daños y, en 1998, presentaron demanda contra los distintos responsables de la edificación. Cinco años después, en 2003, obtuvieron una sentencia favorable. Pero ahí no terminó todo.
Los pasos clave del proceso
- Sentencia inicial (2003): condena a varios responsables, arquitecto, arquitecto técnico, promotora, constructora (excepto a la empresa de estructura).
- Intento fallido de reparación: las aseguradoras encargaron obras que no solucionaron los daños reales.
- Nueva demanda (2016): la comunidad demanda directamente la indemnización a las aseguradoras por no cumplir con la reparación exigida.
- Sentencia del Tribunal Supremo (1 de julio de 2025): da la razón a los vecinos.
¿Qué resolvió el Tribunal Supremo?
El alto tribunal dejó claro que:
- Las aseguradoras no pueden descontar de la indemanización los pagos hechos a obras inútiles.
- Si no se repara correctamente, deben pagar hasta el límite asegurado.
- La comunidad tenía derecho a actuar directamente contra las aseguradoras por los defectos de construcción.
- El pago final reconocido fue de 420.000 euros, el máximo cubierto por las pólizas (insuficiente para todo el daño sufrido, cuantificado en más de 800.000 euros).
Claves si quieres reclamar por defectos de obra nueva
Reclamar por defectos en edificaciones nuevas es posible, lo puede hacer el propietario afectado o la comunidad de propietarios. Pero requiere estrategia: los tiempos pueden ser largos y los gastos de la reclamación pueden ser elevados. Hay que reclamar a quien pueda ser solvente, lo que supone una precaución clave en el momento de la contratación inicial, la de exigir seguros de responsabilidad civil con coberturas suficientes.
Qué hacer ante los defectos:
- Detecta y documenta los defectos con un informe técnico independiente.
- Actúa pronto: los plazos legales son clave.
- Identifica a todos los responsables según la Ley de Ordenación de la Edificación.
- Comprueba si tienen seguros de responsabilidad civil y los límites de cobertura.
- Reclama directamente a las aseguradoras si los responsables son insolventes.
- Exige reparaciones efectivas, no parches.
Consulta nuestro contenido detallado
Cómo reclamar por defectos de construcción.
Preguntas frecuentes (FAQ) sobre defectos de construcción
1.¿Cuáles son los plazos para reclamar defectos de construcción?
Los defectos estructurales pueden reclamarse hasta 10 años desde la finalización de la obra. Para vicios de acabado el plazo de garantía es de 1 año y para los defectos de habitabilidad, 3 años. Es clave actuar en cuanto se detecten: hay un plazo de dos años para actuar desde que se conozcan.
2. ¿Puedo reclamar directamente al seguro de un técnico si este es insolvente?
Sí. La Ley permite ejercer la acción directa contra la aseguradora del responsable, siempre que este esté condenado y la póliza esté vigente. La promoción debe estar asegurada por defectos estructurales hasta un plazo de diez años. Para defectos de otro tipo no hay obligación legal de contratar un seguro específico y ahí entran los seguros de responsabilidad civil de cada agente interviniente en la edificación, que sea declarado responsable del defecto en cuestión.
3. ¿Qué debe cubrir el seguro de responsabilidad civil en obras nuevas?
Debe cubrir los daños materiales causados por defectos constructivos, hasta el límite pactado en la póliza. Normalmente los jueces condenan a la reparación de los daños y, si no es posible, a la indemnización equivalente. Pero si los trabajos pagados por la aseguradora no reparan el daño, debe pagarse igualmente la indemnización reconocida.