Los ruidos del bar de abajo
Casi el 22% de los españoles afirman tener problemas de ruidos en sus viviendas. Los vecinos de un piso mantuvieron durante 11 años una lucha con el dueño del bar del bajo, para tratar de reducir el ruido y las vibraciones que superaban los límites previstos por el ayuntamiento. La situación termina en un proceso penal en el que el dueño del bar es condenado a 12 meses de cárcel (STS de 12/11/2021).
Esto da prueba de las dificultades existentes para terminar con problemas de ruidos. Como hemos comentado en otras ocasiones, una cosa es la denuncia de ruidos en el seno de las comunidades de propietarios y otra la denuncia ante el ayuntamiento. Vea por ejemplo cómo denunciar ruidos ante el Ayuntamiento de Barcelona y cómo hacerlo ante en Ayuntamiento de Madrid, o de Sevilla o de Valencia.
El recurso a la vía penal se reserva para los casos más graves. Puede constituir un delito contra el medio ambiente y también un delito de lesiones para afectados individuales, como ocurrió en el caso que ahora comentamos.
Una lucha de once años contra el ruido del bar
Cuando se solicitó la licencia de apertura de un bar en Pasajes (Guipúzcoa) en 1985, se le exigió una serie de obras para evitar ruidos y vibraciones en los inmuebles colindantes. Medidas que no llegaron a tomarse.
En el año 2002, Juan y Teresa compraron una vivienda en el edificio y comenzaron a sufrir ruidos y vibraciones. La policía municipal acudió
Los ruidos del bar de abajo
Casi el 22% de los españoles afirman tener problemas de ruidos en sus viviendas. Los vecinos de un piso mantuvieron durante 11 años una lucha con el dueño del bar del bajo, para tratar de reducir el ruido y las vibraciones que superaban los límites previstos por el ayuntamiento. La situación termina en un proceso penal en el que el dueño del bar es condenado a 12 meses de cárcel (STS de 12/11/2021).
Esto da prueba de las dificultades existentes para terminar con problemas de ruidos. Como hemos comentado en otras ocasiones, una cosa es la denuncia de ruidos en el seno de las comunidades de propietarios y otra la denuncia ante el ayuntamiento. Vea por ejemplo cómo denunciar ruidos ante el Ayuntamiento de Barcelona y cómo hacerlo ante en Ayuntamiento de Madrid, o de Sevilla o de Valencia.
El recurso a la vía penal se reserva para los casos más graves. Puede constituir un delito contra el medio ambiente y también un delito de lesiones para afectados individuales, como ocurrió en el caso que ahora comentamos.
Una lucha de once años contra el ruido del bar
Cuando se solicitó la licencia de apertura de un bar en Pasajes (Guipúzcoa) en 1985, se le exigió una serie de obras para evitar ruidos y vibraciones en los inmuebles colindantes. Medidas que no llegaron a tomarse.
En el año 2002, Juan y Teresa compraron una vivienda en el edificio y comenzaron a sufrir ruidos y vibraciones. La policía municipal acudió varias veces a realizar mediciones que constan en el expediente, y se iniciaron procedimientos administrativos para obligar al dueño del bar a adoptar las medidas necesarias.
Después de años de lucha, de exigencia de medidas correctoras que no terminaban de realizarse, el ayuntamiento concedió la licencia de actividad al bar en 2014. Juan y Teresa sufrieron un trastorno de ansiedad, con tratamiento médico. Presentaron una querella contra el dueño del bar.
La Audiencia Provincial condenó al dueño del bar por dos tipos de delitos, con condena a indemnizar al matrimonio con 21.000 euros. El dueño del bar recurrió al Tribunal Supremo, quien confirma la condena, aunque matiza el tipo de delito cometido: un delito contra el medio ambiente y dos delitos de lesiones.
Qué se tiene en cuenta para la condena penal por ruido
El Tribunal repasa las pruebas tenidas en cuenta para la condena, las mediciones de sonido de 2002 y 2009, el procedimiento administrativo sobre anulación de la licencia del bar, anulación que fue confirmada en 2012 por el TSJ del País Vasco en contra del criterio del ayuntamiento, los distintos informes que fueron emitidos durante esos años, etc. El aislamiento acústico del bar era insuficiente y se mantuvo así hasta unas obras realizadas en 2013. Durante todo ese tiempo, Juan y Teresa presentaron quejas ante el ayuntamiento.
También declara probadas las afecciones padecidas por los vecinos, gracias a los informes médicos forenses.
El ruido atenta contra la salud y contra el medio ambiente. Desde el punto de vista penal se atiende a la actividad desplegada por el causante del ruido o las vibraciones, de modo que se mira si existe una voluntariedad en la causación del riesgo. Es decir, cuando el causante conoce que incumple la norma administrativa de límites de ruido y no desiste de su acción y se mantiene en el tiempo el resultado dañino, se estima que hay el dolo necesario para pueda existir delito (siempre que exista un grado relevante de gravedad). Lo importante es que, junto al hecho de sobrepasar los límites administrativos de ruido, se haya desarrollado una acción capaz de generar un riesgo potencial grave para la salud de las personas.
Si solo hay una superación del límite administrativo pero no hay un potencial riesgo grave para la salud de las personas, no interviene el derecho penal, aunque sí pudieran darse sanciones administrativas.
La clave está en la intensidad y continuidad del ruido, su prolongación en el tiempo, la reiteración, las visitas de inspección, la ilegalidad de las emisiones. En este caso la situación duró 11 años y afectó a una vivienda que estaba situada justo encima del bar. Es patente que se creó un riesgo grave potencial de deterioro de la salud de los vecinos. El dueño del bar conocía las mediciones de la Policía Municipal, sabía que el ruido superaba el límite legal, conocía la deficiencia de su sistema de aislamiento acústico por los informes emitidos y los requerimientos que se le hicieron, además de conocer las reclamaciones de las víctimas… y a pesar de todo ello continuó con el desarrollo de la actividad sin adoptar medida correctora alguna de insonorización o aislamiento hasta el año 2013.